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Cerca de 70 son las enfermedades que pueden ser causantes de incapacidad permanente; estas se caracterizan por sus distintos grados de complejidad ya sea parcial, total, absoluta o de gran invalidez; misma que es autoriza la seguridad social.
La seguridad social puede autorizar una pensión permanente si la persona presenta alguna patología que le afecte sus labores.
Pese a que no existe una lista de enfermedades como tal, son más de 70 las causas que se tienen en cuenta.
La seguridad social se encarga de autorizar el grado de validez para la pensión.
Sin embargo, estas patologías deben ser aceptadas y reconocidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como causantes de una incapacidad laboral. Teniendo en cuenta esto, el grado es el que determinará la acreditación de discapacidad. Y con él la posible pensión.
Para determinar el grado de afectación, la Seguridad Social estudia cada caso por separado y, así evaluar a profundidad el grado en que ha sido afectada la persona. Con los resultados se espera develar si la persona puede continuar con sus labores o el grado de dificultad que presentaba mientras laboraba.
Tenga en cuenta que los encargados de aprobar o no la pensión de incapacidad permanente será el Tribunal Médico de la Seguridad Social. Y, estos no tienen presente la enfermedad cómo tal sino por como afecta las labores de la persona.
Las enfermedades de incapacidad permanente pueden causar daños a nivel físico y psicológico, algunas minusvalías pueden presentarse como las enfermedades cardiológicas, psiquiátricas, traumatológicas y neurológicas, entre otras. Por ello, es que cada caso se evalúa de manera diferente, en aras de diagnosticar correctamente a la persona y, con ello resolver si aplica para una pensión por incapacidad.
Entre las enfermedades que se tienen en cuenta para incapacidad permanente se encuentran: Agorafobia, Alcoholismo, Alzheimer, Aneurisma, Ansiedad, Arterioesclerosis, Arteriopatía periférica, Artritis psoriásica, Artritis reumatoide, Artrosis, Cáncer, Cardiopatías, Demencia, Depresión, Dermatitis, Diabetes, Desprendimiento de retina, entre otras que debe consultar con un experto.
Si la persona presenta alguna de las enfermedades que considera el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), puede solicitar a la Seguridad Social la pensión por incapacidad permanente, donde se detalle el grado de incapacidad que sufre. Para realizar la solicitud de manera correcta, debe seguir los pasos que le indica la página web de la seguridad social.
Tras realizar estos pasos de manera minuciosa, debe rellenar la solicitud que se encuentra en la parte final y, sumado a esto, adjuntar la documentación solicitada por la entidad, es decir; Formulario completado, DNI. Sin embargo, tenga en cuenta que en caso de enfermedad común debe adicionar: justificante de pago de cotización de los últimos 3 meses. Y, en caso de accidente de trabajo o enfermedad laboral: parte administrativo de accidente de trabajo o enfermedad profesional y, certificado empresarial de salarios reales del año anterior.
Al diligenciar la solicitud, tenga presente en adjuntar toda la documentación solicitada y cumplir con los requisitos. Posterior a ser entregada, espere que sea evaluada por el comité. Así mismo, debe esperar el resultado y que éste puede ser una negativa ante la solicitud de pensión. Una vez obtenga respuesta del comité debe seguir los pasos que allí le indiquen.
Tenga en cuenta que no todas las solicitudes son aprobadas, si la suya es rechazada, está en el derecho de reclamar en los días establecidos. Si tras revaluarse continúa con respuesta negativa, podrá escalar el caso a la justicia y será un juez quien dé la última palabra. Esta decisión puede tarde mucho tiempo, por ello, la importancia de diligenciar bien la documentación y cumplir con los requisitos exigidos por la Seguridad Social.
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