El Ministerio de Sanidad esta trabajando en elaborar un plan de ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de la Covid-19’, este plan establece cuatro niveles de alerta con unas medidas mínimas, proporcionales al nivel de riesgo de trasmisión en cada Comunidad Autónoma, adaptadas a cada situación y al contexto de cada región.
En esta evaluación se tendrán en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica; la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública; las características y la vulnerabilidad de la población susceptible expuesta; y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control, como son las medidas no farmacológicas con intervenciones parciales o completas que afecten a parte o todo el territorio evaluado.
Los indicadores de riesgo se dividen en dos bloques y en cinco niveles de gravedad. El primer bloque se basa en la incidencia acumulada en 14 días; la incidencia acumulada en 7 días; la incidencia acumulada en personas mayores de 65 años en 14 días; la suma global de las pruebas positivas diagnosticadas por semana y el porcentaje de casos con trazabilidad.
El segundo bloque contempla la ocupación de las camas de hospitalización por Covid-19 y la ocupación de camas UCI por enfermos de Covid-19.
El Ministerio de Sanidad ha puntualizado que siempre “se hará una valoración individualizada de la situación de las CC.AA y se tendrán en cuenta otra posibles indicadores, incluidos los cualitativos”.
El texto elaborado por Sanidad apostilla que para “determinar el nivel de riesgo de un territorio, los indicadores deben interpretarse siempre de forma dinámica y tanto la tendencia como la velocidad de cambio den tener un peso en esta valoración”.
En aquellos de territorios pequeños, por debajo de los 5.000 habitantes, además de estos indicadores generales se tendrán en cuenta otros como el número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos 7 y 14 días; la proporción de nuevos casos asociados a brotes; la tasa de ataques secundaria; y la existencia de puntos calientes.
Una vez se hayan analizado los indicadores, se fijan los valores que deberá tener cada uno de ellos para considerar la situación de alerta extrema, alta, media, baja o de nueva normalidad. D esta manera, la Comunidad de Madrid actualmente se considera que esta en riesgo extremo en el apartado de incidencia acumulada de casos diagnosticados en 14 días, puesto que supera los 250 casos por cada 100.000 habitantes.
Teniendo en cuenta estos valores, el documento fija cuatro niveles de alerta:
No obstante, Sanidad aclara que la decisión final “de que nivel de alerta se asigna al territorio evaluado no solo se fundamenta en el nivel de riesgo resultante de los indicadores, sino que deberá modularse con la tendencia ascendente del indicador y su velocidad de cambio, así como con una evaluación cualitativa que incluya la capacidad de respuesta, las características socioeconómicas, demográficas y de movilidad del territorio evaluado”
Cada nivel de alerta lleva una serie de medidas a implantar. La decisión sobre qué medidas y como aplicarlas pertenece a las Comunidades Autónomas y estas lo pondrán en conocimiento del Ministerio de Sanidad.
Las Comunidades Autónomas, en coordinación con Sanidad, revisarán de manera periódica la situación epidemiológica para valorar, mantener o modificar el nivel de alerta y las medidas aplicadas.
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