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La Consejería de Salud de la Generalitat adopta desde este miércoles, día 16, nuevas medidas restrictivas en Girona y Salt, Cataluña, para frenar la transmisión de la Covid-19 en los municipios. Estas medidas contemplan limitaciones en los aforos de establecimientos de hostelería, tanto en el interior como en la terraza.
Las medidas han sido adoptadas en una resolución publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC). Estas entran en vigor este miércoles y se alargarán por un periodo de 14 días, sin imponerse a otras de vigencia territorial superior.
Así mismo, desde la Generalitat piden y recomiendan a los ciudadanos salir del domicilio solo para asistir al trabajo, a los centros de salud, asistir al cuidado de las personas mayores, menores, y dependientes o acudir a los establecimientos de alimentación.
En cuanto a los encuentros de ocio y realización de actividades culturales piden que se realicen entre los miembros del mismo grupo de convivencia habitual. Insisten en que los contactos se limiten, tanto como sea posible, a ese grupo de convivencia señalando que el grupo debe ser lo más estable posible.
Las resoluciones remarcan, a su vez, adoptar medidas de higiene y protección en los centros de trabajo, potenciando el uso del teletrabajo siempre que sea posible y respetar la distancia mínima de seguridad. Desde la Generalitat quieren aplicar el Plan Sectorial aprobado por el Proicat, en el que se contempla limitar al 33% el aforo de los actos religiosos y las reuniones sociales limitadas a un grupo de 10 personas.
En lo concerniente a los establecimientos de hostelería y restauración, la resolución indica que el consumo de bebidas y alimentos debe realizarse siempre en una mesa, limitando el aforo a un 50% del autorizado con distancia de 1,5 metros entre mesas y un máximo de 10 personas por cada una de ellas. El horario de cierre se establece a la una de la madrugada. En la terraza la capacidad máxima de ocupación va a ser igualmente del 50%, con una distancia de dos metros entre mesas.
Los establecimientos hoteleros, tendrán un aforo del 50% en los espacios comunes.
Las actividades culturales, lúdicas, recreativas y la apertura de centros deportivos, en recintos abiertos y cerrados, podrán realizarse con un aforo máximo del 50%, siempre que se respete y cumplan con las indicaciones de los planes sectoriales aprobados por el Proicat.
Las actividades docentes, aquellas que contemplan ocio infantil y juvenil, intervención socioeducativa y transporte escolar, deben llevarse a cabo siempre de acuerdo con los planes sectoriales del Proicat, así como con la normativa relacionada, aplicando rigurosamente las medidas de prevención y protección de la salud.
Las resoluciones inciden que los desplazamientos a los centros educativos se deben hacer teniendo en cuenta las medidas dirigidas a evitar aglomeraciones en los accesos a las instalaciones. Esto esta integrado en el Plan de Actuación para el curso 2020-2021.
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