El fallo unánime del Tribunal Supremo respalda la elección de Álvaro García Ortiz
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Contexto del nombramiento de Álvaro García Ortiz
El reciente fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha generado un amplio debate en el ámbito jurídico y político. La decisión, que respalda el nombramiento de Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado, se produce en un contexto donde la discrecionalidad del Gobierno en este tipo de elecciones es un tema candente.
El Tribunal argumenta que los márgenes para estas decisiones son amplios, lo que permite al Ejecutivo ejercer su prerrogativa sin que errores pasados de García Ortiz afecten su idoneidad actual.
La sentencia y sus implicaciones
La sentencia, firmada por unanimidad por los cinco magistrados, destaca que aunque la desviación de poder es censurable, no implica la nulidad del acto administrativo.
Este aspecto es crucial, ya que establece un precedente sobre cómo se deben interpretar las decisiones del Gobierno en relación con el nombramiento de altos funcionarios. La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) había cuestionado la idoneidad de García Ortiz, citando un informe del Poder Judicial que lo tachaba de «no idóneo». Sin embargo, el Tribunal considera que la revisión judicial debe ser restrictiva para no interferir en el ejercicio legítimo de la discrecionalidad gubernamental.
Argumentos de la APIF y la respuesta del Tribunal
La APIF argumentó que el desempeño de García Ortiz en su primer mandato fue deficiente, lo que, según ellos, debería invalidar su nombramiento. Sin embargo, el Tribunal Supremo refutó estos argumentos, señalando que la anulación de actos administrativos no implica cuestionar la idoneidad del funcionario que los emite. Además, se destacó que la circular del ‘solo sí es sí’, que fue objeto de controversia, no era en sí misma un acto arbitrario, sino que reflejaba la complejidad de la aplicación de la ley. Este punto es fundamental, ya que establece que las decisiones administrativas pueden ser revisadas sin que ello afecte la legitimidad del funcionario en cuestión.
La importancia de la discrecionalidad en el ejercicio del poder
El Tribunal también enfatiza que la discrecionalidad del Gobierno en la elección del fiscal general es un aspecto protegido por la Constitución. Esto significa que, aunque se puedan cometer errores, estos no necesariamente deslegitiman al funcionario. La sentencia subraya que el Ejecutivo tiene la responsabilidad de garantizar la legalidad y que cualquier revisión de sus decisiones debe hacerse con cautela. Este enfoque busca mantener un equilibrio entre el control judicial y la autonomía del Gobierno en el ejercicio de sus funciones.