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Junts seguirá luchando en los tribunales para eliminar la exigencia de jurar lealtad a la Constitución como condición para ejercer como eurodiputado

Junts ha expresado su consternación y preocupación a través de un comunicado tras la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta decisión ha causado sorpresa ya que contraviene la opinión del Abogado General de la Unión Europea.

Junts se apoya en la idea de que el fallo del TJUE no abordó la cuestión de si jurar lealtad a la Constitución para convertirse en eurodiputado es coherente con el derecho europeo. Por ende, sostienen que aún tienen dos posibles rutas a seguir.

La primera sería proponer una cuestión prejudicial relacionada con el caso que se está litigando en el Supremo, para que el TJUE se manifieste con respecto al mencionado requisito. Sin embargo, al ser consultados acerca del caso en cuestión en el Supremo, Junts ha optado por no hacer comentario alguno a la prensa. Es importante destacar que las inquietudes prejudiciales deben plantearlas los jueces, así que Junts necesitaría la voluntad de un juez para poder avanzar en esta dirección.

De plantearse este asunto, Junts podría solicitar nuevamente medidas cautelares, adicionales a las ya presentadas por Toni Comín, en relación con la decisión del Parlamento Europeo de no reconocer su escaño, dado que su nombre no figuraba en la lista enviada a Bruselas por la Junta Electoral Central (JEC).

La segunda opción que baraja Junts pasaría por que un estado miembro de la Unión Europea o la Comisión Europea presenten una reclamación de incumplimiento de los tratados europeos contra España, si se considera que el requisito del juramento constitucional va en contra del derecho europeo. Al igual que en la primera opción, esto está fuera de sus manos y necesitarían el apoyo de otros países dispuestos a enfrentarse a España en esta materia.

En su fallo reciente, el TJUE sostiene que «El Tribunal General tomó la decisión apropiada al confirmar que el líder del Parlamento Europeo tenía la obligación de adherirse a la lista de diputados notificada oficialmente por las autoridades españolas. En realidad, el presidente del Parlamento no tiene autoridad para verificar la precisión de la lista, ya que rompería la división de roles entre la Unión y sus Estados miembros». La Junta Electoral Central (JEC) no incluyó a Junqueras, Puigdemont ni Comín en la lista de 2019 debido a que nunca juraron la Constitución. Esto ha sucedido de nuevo en la legislatura europea recién iniciada, donde Comín no juró la Constitución, por consiguiente, el Parlamento Europeo no le otorgó credenciales parlamentarias. Junts mencionó en su aviso que «a menos que el TJUE resuelva definitivamente este asunto, deja una apertura para que otros miembros de la UE puedan seguir el ejemplo de España e inventar requisitos que vayan en contra de los principios democráticos e incompatibles con el derecho europeo para alterar los resultados electorales de su país. Esto representa un daño inestimable a la democracia europea, especialmente en un contexto en el que se observa un incremento de las posturas autoritarias en diversos Estados de la UE». En diciembre de 2019, y a pesar de la negativa inicial de Tajani, Comín y Puigdemont lograron ocupar sus escaños. Unos meses antes, David Sassoli, socialdemócrata, asumió la presidencia de la Eurocámara y tuvo en cuenta una sentencia de 2019 que otorgaba inmunidad parlamentaria a Oriol Junqueras, quien tampoco había podido asumir su escaño porque estaba encarcelado y no pudo jurar la Constitución.

En base a la premisa de que la condición de eurodiputado se obtiene tras el anuncio de los resultados electorales, Sassoli consideró que Junqueras, Comín y Puigdemont ya eran miembros del Parlamento Europeo. Sin embargo, los servicios legales de la Eurocámara cuestionaron la legalidad de esta decisión del presidente, debido a que los independentistas no aparecían en la lista oficial proporcionada por la JEC.

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