Categorías: Política
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26 septiembre, 2024 1:22 pm

En una acción sin precedentes en España, un juzgado ha categorizado el ataque a un letrado de oficio como un crimen de asalto

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En un acontecimiento sin precedentes en España, la Audiencia de Gipuzkoa ha visto como posible un delito de asalto en un caso de agresión a un abogado designado por el tribunal, que fue golpeado por su cliente en una calle de San Sebastián en junio de 2022.

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El agresor, un hombre tunecino, ha sido previamente condenado por invasión de la propiedad privada de su ex esposa y por coaccionarla, así como por abusar de ella y aprovecharse de su enfermedad mental para beneficiarse de su propiedad. La decisión, tomada por la Tercera Sección de la Audiencia de Gipuzkoa, considera una apelación presentada por las abogadas Mari Paz Sa Casado y Marian Salamero contra la primera decisión del juzgado de continuar el caso como un delito menor de maltrato.

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Sin embargo, tanto la representación del abogado agredido como la del Colegio de Abogados de Gipuzkoa argumentaban que el incidente podría interpretarse como un delito de asalto y, por lo tanto, el procedimiento legal apropiado debería ser el ‘procedimiento abreviado’. Finalmente, el tribunal acogió esta postura y, como resultado, el Juzgado de Instrucción número 5 de San Sebastián ha emitido una nueva decisión que sigue el procedimiento contra el acusado como un delito grave. Este caso representa un hito importante en la lucha de los abogados designados por el tribunal para ser reconocidos como autoridades públicas cuando son atacados por sus clientes, algo similar a lo que sucede en casos de médicos y profesores. El caso de asalto al abogado de San Sebastián ha marcado un hito en este sentido, ya que el año pasado, la Audiencia de Gipuzkoa emitió otra declaración en la que reconocía que los abogados designados por el tribunal eran parte de la «ejecución de funciones públicas».

Originalmente, se había desestimado el caso en el tribunal preliminar porque no se «justificó adecuadamente» la comisión de algún delito, ya que el informe médico no indicaba que la víctima presentase lesiones. Salamero y Sa Casado apelaron a la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, que solicitó la reanudación del caso con la premisa de que las responsabilidades del abogado defensor podrían considerarse públicas. En ese punto, la postura de la Fiscalía fue crucial, al sugerir que «ser golpeado por un cliente como abogado defensor podría considerarse un delito de agresión a la autoridad». Tras conocer la última decisión de la Audiencia de Gipuzkoa, la organización Altodo manifestó su satisfacción por el «apoyo» a su argumento de que «el trabajo de los abogados y en particular, los abogados defensores, es un servicio público esencial que contribuye a la libertad de los ciudadanos y promueve el mantenimiento de los valores democráticos y el ejercicio correcto de los derechos fundamentales». Según ellos, este trabajo debería contar con el mismo grado de protección otorgado a otros funcionarios públicos, como los del sector educativo y de salud. «La función crucial de la abogacía de oficio en la protección de los derechos fundamentales requiere de una protección jurídica adecuada para enfrentar los riesgos inherentes a su labor», concluye Altodo.

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