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En Italia tendrá lugar la declaración del expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, ante el juez de la Corte de Apelación de Sàssari. El juez italiano decidirá en el acto sobre su situación: le dejará en libertad o le mantendrá en prisión provisional.
El proceso judicial que se abre a partir de ahora puede durar 60 días, aproximadamente hasta finales de noviembre. Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont, tiene una previsión que pasa por una resolución “rápida”.
Argumenta que ya hay un largo recorrido jurídico durante estos últimos tres años y las resoluciones amparan al expresident. Lo explica en relación a los pleitos que hubo en Bélgica y en Alemania, los cuales han tumbado la extradición hasta hoy. La última resolución del Tribunal General de la Unión Europea interpretó que la euroorden de España estaba suspendida.
La resolución del TGUE actualmente es una fuente del conflicto. Existen tres versiones: el Tribunal Supremo afirma que siempre mantuvo vigentes las ordenes de detención; la defensa de Puigdemont explica que España informó al Tribunal General que ningún país ejecutaría una orden de dichas proporciones, sin embargo no se dieron garantías de ello porque el Supremo nunca realizó un escrito eliminando las órdenes de detención. Por su parte, el auto del TGUE retiró la inmunidad de forma cautelar a Puigdemont. Alegaron que no corría riesgo de ser detenido porque España indicó que “la ejecución de las euroórdenes” había quedado “suspendida” hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolviera la cuestión prejudicial.
El abogado de Puigdemont estará de nuevo ante el TGUE con el fin de que le devuelva la inmunidad parlamentaria. Explica que es una protección que tienen los diputados para evitar ser detenidos y la solicitará para que sea liberado. El abogado pedirá estas medidas cautelarísimas para que el proceso abierto en Italia quedaría paralizado.
“Pese a la desestimación de la demanda de medidas provisionales, los diputados mantienen la posibilidad de interponer una nueva demanda si, con posterioridad al presente auto, el perjuicio alegado resultara suficientemente probable, en particular en caso de que fueran detenidos por una autoridad de ejecución de un Estado miembro”, indicó el TGUE en su resolución del 30 de julio.
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