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Tan solo una semana después de aprobar el anteproyecto de la Ley Trans el 29 de junio, ha sido aprobada por el Consejo de Ministros la Ley de Libertad Sexual.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, 6 de julio, la ley de Libertad Sexual propuesta por el Ministerio de Igualdad.
La Ley de Libertad Sexual comenzó su tramitación el 3 de marzo de 2020 y tiene su origen en las protestas tras la resolución del caso de La Manada, la violación grupal a una joven en los Sanfermines de 2016.
La sentencia no contempló la agresión sexual sino el abuso y se abrió un debate social sobre el concepto del consentimiento.
La nueva normativa de Garantías de la Libertad Sexual supondrá la eliminación del abuso sexual del Código Penal y recogerá el consentimiento claro y expreso para que no exista agresión sexual.
El texto también contempla medidas de prevención, atención y reparación paras las víctimas de delitos sexuales.
Se trata de la segunda ley consecutiva aprobada después de que el 29 de junio se acogiese el anteproyecto de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI.
Aunque el consejo de Ministros haya aprobado el proyecto, se debatirá en la Cámara Baja en septiembre de 2021.
El Gobierno recuerdan que con esta ley cumplen con el Convenio de Estambul situando el consentimiento en el centro. «Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona» dice el texto.
La Ley implica una reforma del Código Penal para acabar con la distinción entre el abuso y la agresión sexual. «Todo acto sexual sin consentimiento será agresión», sostiene la nueva legislación que empezará a tramitarse en el Congreso en el mes de septiembre.
Así, el documento recoge que se considerará violencia sexual la agresión, el acoso, el exhibicionismo, el acecho o acoso callejero, la provocación sexual, la prostitución ajena, la explotación sexual, la corrupción de menores, la mutilación genial femenina, el matrimonio forzado, el feminicidio sexual y, en el ámbito digital, la violencia sexual transmitida por medios tecnológicos, la extorsión sexual y la pornografía no consentida.
En la actualidad, para que un delito se considere como una agresión sexual, y por lo tanto tenga una pena más dura, se requiere violencia o intimidación. Si no se acredita se queda en abuso sexual.
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