Carmen Calvo y María Jesús Montero han sido las portavoces del Gobierno encargadas de comparecer ante los medios tras la reunión del Consejo de Ministros, comunicando que varias medidas sociales de carácter económico serán prorrogadas tres meses más, una vez decaiga el estado de alarma en toda España.
Se han aprobado mediante un real decreto, y son; la suspensión de los desahucios sobre los colectivos vulnerables, la moratoria del alquiler y el bono social contra la pobreza energética. Estas medidas se aprobaron en marzo tras la irrupción del Covid , y fue el propio Pedro Sánchez, quien avanzó que se volverían a extender
Desde el ministerio de Transportes se ha informado de que la moratoria de los desahucios de viviendas vulnerables que tienen alquiler, incluirá a aquellas familias que no tengan un contrato cuando haya personas dependientes a su cargo, sean víctimas de violencia de género o menores de edad.
Será entonces cuando un juez decida poder suspender el desahucio, siempre y cuando los propietarios de la casa sean personas jurídicas o físicas titulares de más de diez hogares y previa solicitud de un informe a los servicios sociales. Que se encargarán de valorar su situación económica y ver que soluciones pueden aportar al respecto.
Existen algunas excepciones al respecto, pues esta medida no se podrá aplicar cuando: la casa sea la residencia habitual o segunda en propiedad, si la persona la ha cedido a otra persona jurídica o física para vivir en ella, si la entrada a la casa se ha hecho mediante violencia o intimidación, si consta que el inmueble ha sido centro de actividades ilegales, si están destinados como vivienda social y estén asignados, o cuando la entrada se de después de la entrada en vigor del decreto.
El Ejecutivo también ha prorrogado el plazo, para que todos aquellos desahuciados puedan pedir una compensación económica. Pudiendo presentarla desde el 9 de mayo hasta el 9 de septiembre de este año.
Respecto a la extensión de tres meses sobre la solicitud de aplazamiento o condonación parcial del pago de los alquileres, se podrán solicitar cuando el arrendador sea una entidad pública o un gran propietario, es decir, que no tiene validez sobre los pequeños propietarios de inmuebles. La prórroga de seis meses del fin del contrato beneficia también a las familias vulnerables que la pidan, siempre que el propietario de la misma no requiera una vivienda para él mismo y sea una persona física. Solo se pueden instar una vez durante el periodo en el que estén en vigor.
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