El Tribunal Supremo decretó 13 años de cárcel para Rosalía Iglesias, mujer de Luis Bárcenas. Ambos cumplirán condena en la misma prisión.
Han pasado dos años y siete meses desde que el extesorero del PP, Luis Bárcenas, entrara en la cárcel por los delitos cometidos en el ya famoso caso Gürtel. Ahora es su mujer quien sobre las cinco de la tarde de ayer domingo, ingresaba en la cárcel de mujeres de Alcalá en Madrid.
La mujer de Bárcenas condenada a 13 años de cárcel
El Tribunal Supremo no atendió los recursos impuestos por Rosalía Iglesias, y tras revisar su sentencia, ratificó que como ya había dictaminado la Audiencia Nacional en el 2018.
La mujer de Bárcenas si conocía que el dinero que manejaba su marido lo había obtenido mediante conductas delictivas, así como el aumento repentino y no justificado de su patrimonio.
Fue el 30 de octubre cuando fue a recoger la resolución de la Audiencia Nacional, donde se había acordado que su ingreso en la cárcel recibiría el tratamiento de rehabilitación, al que Rosalía aseguró estarse sometiendo.
La Audiencia estableció un plazo de 10 días para que su ingreso en prisión se hiciera efectivo. Esta no sería la primera vez que Rosalía entra en una cárcel, ya lo hizo en mayo del 2018, en Soto del Real. Sin embargo, horas después salió tras abonar 200.000 euros de fianza fijados por el tribunal, eludiendo así la cárcel.
Por su parte, Bárcenas ha solicitado el traslado a la cárcel de Alcalá Meco, ya que actualmente cumple condena en la prisión de Soto del Real, con el objetivo de estar más cerca de su mujer.
Por lo tanto, ya cuenta con un expediente, en el que se recogerán ahora los cambios producidos respecto a su condena de 13 años de prisión. El grado se deberá fijar antes de que transcurran dos meses. La mujer de Bárcenas tiene la posibilidad de solicitar un cambio de centro penitenciario, o que el tribunal decida fijar otro traslado.
Pleno control y capacidad de gestión
En la revisión de su sentencia los jueces certificaron que la mujer de Bárcenas tenía; «pleno control y capacidad de gestión sobre las cuentas bancarias de su titularidad, suizas o españolas, con las que el matrimonio ocultó su patrimonio y lo hizo circular». Añadiendo además que; su conducta era participar en el fraude y la ocultación, por lo que no se limitaba a firmar ciertos documentos.