Este miércoles 30 de septiembre por la tarde, el Ministerio de Sanidad va a presentar a las Comunidades Autónomas en el Consejo Interterritorial el documento que contempla las medidas para frenar la Covid-19.
Este documento implica que en aquellas comunidades donde se cumplan los criterios propuestos, se restringirá la entrada y salida de los municipios salvo por motivos de fuerza mayor como trabajo o estudios; se reducen las agrupaciones de personas a un máximo de seis tanto en la vía pública como en los espacios privados; y se cerrarán los parques infantiles.
Además, el documento específica restricciones en el aforo de velatorios limitándose a 15 personas; en lugares de culto se reduce a un 30% y en los demás establecimientos la 50%. También recoge el refuerzo de las “capacidades de detección precoz y control de la enfermedad”.
Estas medidas de contención del virus, tal como adelantó este martes, 29 de septiembre, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, se aplicarán en ciudades de más de 100.000 habitantes que presenten una incidencia superior a 500 por 100.000 habitantes en los últimos 14 días; tener más de un 10% de positivos y una ocupación de las UCI mayor al 35%. Estos criterios los cumple la Comunidad de Madrid y otras nueve ciudades de la Comunidad Autónoma.
El borrador indica que una incidencia de 250 por 100.000 habitantes ya puede considerarse “un indicador de alto riesgo de transmisión descontrolada en el territorio afectado” y, por lo tanto, no se tiene que esperar a tener 500 para tomar medidas especiales de detección sino que ya “se debe garantizar un alto nivel de capacidad de detección”.
Los comercios deberán cerrar a las 22:00 y los locales de hostelería a las 23:00 horas no pudiendo recibir clientes más tarde de las 22:00 horas.
En total hay un total de 11 medidas restrictivas para los grandes municipios que cumplan con los criterios mencionados y dos recomendaciones: evitar todo movimiento o desplazamiento “innecesario” de las ciudadanos dentro de estos municipios y la aprobación de planes de actuación para controlar la expansión de la Covid-19 en aquellos que aunque no cumplan los requisitos de los 100.000 habitantes si presenten una incidencia superior a los 500 casos, 10% de positivos y 35% de ocupación en las UCI.
Las restricciones son de obligado cumplimiento y de mínimos, es decir, las comunidades podrán aumentar estas restricciones con otras que consideren convenientes.
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Por fin alguien explica con claridad loque van a realizar.Gracias por esta aclaración.Con periodistas así da gusto y sin entrar en politiqueos.Bravo
Muchísimas gracias por tus palabras, es un placer.