El Tribunal Supremo inhabilita al presidente de la Generalitat Quim Torra para ejercer como cargo público. El fallo ha sido adoptado por unanimidad. La sentencia pone fin al mandato de Torra y precipita nuevas elecciones en febrero.
La Sala de lo Penal ha confirmado este lunes la condena que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) impuso a Torra por desobedecer a la Junta Electoral Central (JEC) y negarse a retirar los lazos amarillos de los edificios públicos de la Generalitat en periodo electoral.
Andrés Martínez Arrieta ha presidido la Sala que confirma el fallo de año y medio de inhabilitación de Torra. Entonces se consideraba como hecho probado que el dirigente independentista desobedeció a la JEC.
La sentencia ratifica que Torra desobedeció de forma «contumaz y obstinada» a la Junta Electoral Central, encargada de velar por la neutralidad de los poderes públicos en las elecciones. El Alto Tribunal destaca que Torra es libre de hacer las manifestaciones y actos que reflejen su identidad política, pero no de desobedecer al órgano constitucional encargado de la limpieza de los procesos electorales. El Supremo destaca que el ámbito del recurso «no es la exhibición de determinados símbolos o pancartas de una determinada opción política».
El Tribunal Supremo inhabilita a Torra por desobediencia con una resolución es firme, por tanto, será ejecutada de inmediato por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya al margen de que su defensa promueva un incidente de nulidad. En ese momento, Torra deberá dejar la presidencia de la Generalitat de Catalunya.
La inhabilitación especial de Torra abarca tanto para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo, como para el desempeño de funciones de gobierno, en los ámbitos local, autonómico y del Estado.
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