Categorías: Medio ambiente
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21 septiembre, 2021 6:28 pm

El Gobierno prohíbe la caza del lobo: 4 comunidades recurrirán la medida

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El Gobierno prohíbe la caza del lobo, pero cuatro comunidades del noroeste discrepan y recurrirán la medida porque "carece de sentido".

El lobo ibérico tiene protegida su caza desde este martes 21 de septiembre, pero algunas Comunidades no aceptan esta nueva medida.

El lobo ibérico y la caza en las Comunidades

La caza del lobo estará prohibida en toda España.

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Lo recoge la orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que publica el Boletín Oficial del Estado.

La orden ministerial modifica el Catálogo de Especies y ha sido sometida al procedimiento especificado en el artículo 6 del citado Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero.

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En concreto, la decisión adoptada en la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, resultó de una ajustada votación.

La caza del lobo según las Comunidades

Cambia por tanto el listado (LESPRE) como el Catálogo Español de Especies Amenazadas para la inclusión de todas las poblaciones del Lobo (Canis lupus) presentes en España en el Catálogo en la categoría «Vulnerable«.

La caza de lobo estaba permitida al norte del Duero, donde viven en situación favorable, mientras que estaba prohibida al sur de este río, donde las poblaciones ya estaban incluidas en el LESPRE. La orden ministerial fija que las comunidades autónomas y el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico elaboren y aprueben antes del 31 de diciembre de 2021 una nueva estrategia de conservación y gestión del lobo en España. Esta nueva medida actualizará la que está en vigor y que fue aprobada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en 2005.

Cuatro Comunidades recurrirán la prohibición de la caza del lobo

No obstante, autorizan en determinados casos la extracción y captura de ejemplares que hayan adoptado los órganos competentes de las comunidades autónomas.

Igualmente podrán extraer y capturar lobos que cuenten con autorización administrativa de la comunidad autónoma siempre que «no exista otra solución satisfactoria.

Otra de las excepciones con las que podrán dar capturar a un lobo es en el caso de que esta medida no afecta «negativamente» al estado de conservación favorable de la especie. Debe justificarse la existencia de «perjuicios importantes para el ganado en las explotaciones afectadas», como, por ejemplo, daños recurrentes o significativos.

Galicia, Asturias, Cantabria y Castilla y León, donde habita el 95 por ciento de los ejemplares de la especie, han mostrado su rechazo a esta decisión y han anunciado que recurrirán por vía judicial. De hecho, la Xunta aseguró que la norma «carece de sentido».

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Fernando Rodríguez Rubio

Apasionado de la escritura, el periodismo y las artes. Máster en Escritura Creativa y graduado en Comunicación Audiovisual. Me encanta el cine, la literatura, la política y la economía.

Etiquetas: animales

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