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A partir del 3 de julio, algunos productos de plástico de un solo uso están prohibidos dentro de la Unión Europea (UE). Así fue decretado por una directiva continental aprobada el 5 de junio de 2019, que resaltaba este día como la fecha máxima para que las naciones miembros cumplieran con esta restricción.
En España no estará en vigor esta iniciativa hasta el próximo 1 de enero de 2023, debido a la ley de «Residuos y Suelos Contaminados» que aún está en trámite. Para llevar a cabo esta decisión, los funcionarios europeos se basaron en los datos registrados analizando la cantidad de basura que se acumula en el mar durante estos últimos años.
Algunos productos de plástico estarán prohibidos en los comercios de la Unión Europea, como lo son:
Se comercializarán algunos productos con similitudes a estos artículos, pero deberán estar fabricados de materiales como cartón, papel o fibras naturales. Además iniciarán una serie de obligaciones en la Unión Europea para las siguientes mercancías:
El Gobierno Español justifica los retrasos en la ley de Residuos como una iniciativa que debe afrontar largos trámites administrativos y, a su vez, se tiene que recurrir a una segunda información pública que incorpore a esta norma el impuesto al vertido y, como tal, a la incineración. Aunque el propósito de esta es ejecutarla con la mayor celeridad.
Algunas fuentes de «Unidas Podemos» creen que esta normativa (que también incluye la transposición de la directiva de plásticos) estaría a finales del año o a inicios del próximo.
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