El ‘bullying’ o acoso escolar, incluido el acoso virtual, será penalizado en Brasil, según ley pionera sancionada por su presidente Luiz Inácio Lula da Silva.
El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, ha sancionado una ley pionera que tipifica el ‘bullying’ o acoso escolar, incluido el acoso virtual, como delito penal.
Publicada en el Diario Oficial el pasado lunes, la ley establece sanciones severas, incluyendo multas y penas de prisión, para los infractores.
La nueva ley define el acoso escolar como actos de intimidación, humillación o discriminación, ya sean físicos, psicológicos, morales, sexuales, sociales, materiales o virtuales.
Se caracteriza por ser intencionado, repetitivo y sin motivo evidente, afectando a una o más personas.
El ‘bullying’ virtual, realizado a través de redes sociales, aplicaciones o cualquier medio digital, también está incluido en esta definición.
Las personas que practiquen acoso escolar enfrentarán multas, y aquellas que lo hagan por medios cibernéticos podrán recibir penas de entre dos y cuatro años de prisión, además de sanciones financieras.
La ley especifica que las penas pueden ser más severas si el acoso se comete en grupo o con el uso de armas.
Además, la nueva legislación penaliza la inducción o instigación al suicidio, con penas que van de dos a seis años de reclusión.
Esta medida busca combatir una de las consecuencias más graves del acoso escolar.
La ley también establece que para crímenes ya previstos en el código penal, como el homicidio de menores de 14 años, las penas existentes de 12 a 30 años podrán incrementarse en dos tercios si estos actos ocurren en una escuela de educación básica, tanto pública como privada.
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