El Ministerio de Vivienda está elaborando un real decreto que regulará los alquileres de temporada, lo que implicará que los propietarios deberán obtener un número de registro para cada vivienda o habitación alquilada por menos de un año. Asimismo, las plataformas digitales estarán obligadas a mostrar esta matrícula en sus sitios web bajo riesgo de sanciones.
Según un borrador publicado por La Vanguardia, se establecen cargas precisas para las plataformas de anuncios de alquiler, ya sean inmobiliarias como Idealista y Fotocasa o turísticas como Airbnb y Booking. Estas plataformas deberán asegurar que los arrendadores incluyan el nuevo código que identifique los alquileres de corta duración y que confirme su cumplimiento con la normativa.
También tendrán que llevar a cabo auditorías aleatorias entre los arrendadores, notificar a los propietarios sobre el nuevo sistema de registro, y enviar información mensual a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
Fuentes del Ministerio han señalado que el Gobierno está evaluando las repercusiones para las plataformas en caso de incumplimientos, muchas de las cuales son internacionales. Las sanciones podrán aplicarse a través de la ley de consumidores y usuarios.
Los arrendatarios estarán obligados a renovar su licencia de alquiler temporal anualmente.
La nueva normativa, que se espera que entre en vigor en enero de 2025, especificará qué se considera un alquiler de corta duración, incluyendo tanto los alquileres turísticos como aquellos de habitaciones por períodos inferiores a un año.
Una de las principales innovaciones será la creación de un número identificador obligatorio en el Registro de la Propiedad para cada alquiler, el cual deberá ir acompañado de las justificaciones correspondientes.
El Ministerio de Vivienda ha señalado que es necesario obtener una anotación marginal simple para conseguir el número de registro. Aunque no se especifica el costo de este procedimiento, generalmente se aproxima a los 10 euros.
Según el Gobierno, este registro, que asignará un código alfanumérico a cada alquiler, facilitará a las comunidades autónomas la identificación y acción contra el fraude en la ley de arrendamientos urbanos. Actualmente, muchas de estas comunidades no cuentan con información sobre cuántas propiedades anunciadas en diversas plataformas están fuera de la normativa vigente en cada región.
Por ejemplo, si un propietario desea alquilar una vivienda turística, el registrador verificará si las características de la propiedad se ajustan a la regulación de su comunidad, y si encuentra alguna irregularidad, rechazará la solicitud del código.
Se establece un registro estatal único para asegurar el cumplimiento de las normativas autonómicas.
El registro será centralizado y los propietarios deberán actualizar cada año el número que se les asigne. Después de ese periodo, si desean continuar alquilando la propiedad, tendrán que presentar un listado de los contratos firmados junto con las razones de cada uno.
La finalidad de esta normativa, según el Ministerio de Vivienda, es “luchar contra el fraude que enfrentan muchos ciudadanos” y, en última instancia, contribuir a la reducción de los precios de los alquileres, comentó la ministra Isabel Rodríguez después de una reunión del Consejo de Ministros. “En Madrid”, destacó, “hay 14.000 viviendas turísticas que operan ilegalmente”.
Para obtener un número de registro que permita el alquiler temporal de una propiedad, se podrán presentar diversas causas, incluyendo motivos vacacionales, turísticos, laborales y aquellos relacionados con estudios o tratamiento médico.
Además, se exigirá que los alquileres de temporada sean amueblados, y las embarcaciones se incluirán dentro de esta categoría, mientras que los alojamientos en campings, hoteles o caravanas quedarán excluidos.
El Registro Mercantil llevará a cabo revisiones y, de no cumplir con los requisitos establecidos, se considerará que el hospedaje es ilegal. Según el Gobierno, esta regulación hará que España sea el primer país en la Unión Europea en implementar el reglamento europeo que se aprobó en abril, relacionado con los alquileres de corta estancia.
Además, al contrastarse con el Registro de la Propiedad, se podrá verificar si la solicitud se refiere a una vivienda en una comunidad donde se han prohibido explícitamente este tipo de alquileres.
“La decisión de los vecinos, tal como se refleja en los estatutos de sus comunidades, será también respetada”, señala la regulación. En caso de que se haya prohibido la existencia de alojamientos turísticos en esas propiedades, los registradores no emitirán el número de registro.
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