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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anula los pactos relacionados con productos agrícolas y de pesca entre la UE y Marruecos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha decidido hoy anular los convenios establecidos en 2019 relacionados con productos agrícolas y pesca entre la Unión Europea y Marruecos. Esta resolución se basa en la argumentación de que dichos acuerdos fueron firmados sin la aprobación del pueblo saharaui.

De este modo, el TJUE pone fin al contencioso sobre el convenio pesquero con Marruecos, al rechazar las apelaciones presentadas por el Consejo y la Comisión, en consonancia con lo dictado por el Tribunal General de la UE en 2021 y las recomendaciones de la Abogada General Tamara Cápeta.

El protocolo en cuestión dejó de estar en vigor el 17 de julio de 2023, lo que resultó en la suspensión de actividades, impactando particularmente a España, donde 92 de las 138 licencias en esa área son de flotas andaluzas, gallegas y canarias. El Frente Polisario, que se considera representante del pueblo del Sáhara Occidental, fue el que interpuso varias demandas de nulidad para cuestionar estos acuerdos, argumentando que fueron firmados sin el consentimiento del pueblo saharaui. La reciente decisión del TJUE confirma la falta de dicho consentimiento y reconoce al Frente Polisario como un actor clave en este proceso, autorizándolo a impugnar los acuerdos en nombre de los saharauis. Además, según el TJUE, el acuerdo no otorgaba al Sáhara Occidental ningún derecho u oportunidad especial respecto a la explotación de sus recursos.

El Tribunal de Justicia ha establecido que los acuerdos en cuestión no imponen cargas legales al pueblo saharaui, ni le otorgan derechos o beneficios derivados de la explotación de sus recursos. Por lo tanto, no se puede asumir su consentimiento, especialmente porque el Frente Polisario, como representante reconocido de este pueblo, se opone a esos acuerdos. A juicio del Tribunal, esta oposición es suficiente para poner en duda la existencia del consentimiento. Asimismo, el Tribunal ha abordado una cuestión prejudicial proveniente de Francia sobre el origen de los melones y tomates provenientes del Sáhara Occidental. Ha dictaminado que el etiquetado de dichos productos debe señalar únicamente al Sáhara Occidental como su país de origen, excluyendo cualquier mención a Marruecos, con el fin de prevenir confusiones en los consumidores respecto a su verdadero origen.

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