La semana anterior, se acordó el primer pacto de pensiones de la legislatura entre el Gobierno, empresarios y sindicatos, marcando así el cuarto desde 2021. Este documento se sustenta en la necesidad de doble validación en cualquier reforma sobre este tema para que perdure: la aprobación social producto del consenso en el espacio de diálogo social y la aprobación política como resultado de usar como referencia las sugerencias del Pacto de Toledo.
Este nuevo convenio social para modernizar nuestro esquema de pensiones es un avance significativo en dos áreas esenciales desde nuestro punto de vista: la mejor combinación de trabajo y pensión, y la protección de la salud de los empleados. La primera iniciativa busca favorecer una transición suave y flexible fuera del mercado laboral, poniendo fin a la anomalía que representa que en nuestro país, la jubilación ocurra de forma brusca, sin la transición que se da en otros países europeos.
Esto es una idea obsoleta en el siglo XXI, donde tenemos oportunidades brindadas por las nuevas tecnologías y un aumento gradual de la esperanza de vida debido a la mejora continua de su calidad. Por ello, se busca fortalecer el derecho a la pensión de jubilación al ampliar las opciones disponibles para los empleados para combinar el trabajo y la pensión. En este sentido, el convenio establece nuevas condiciones que mejoran y equilibran el marco de la jubilación parcial, fortalecen la calidad del contrato de relevo y presentan una regulación mucho más atractiva para aquellos que voluntariamente deseen permanecer trabajando más allá de la edad de jubilación. También se busca mejorar la salud de los trabajadores mediante dos procedimientos complementarios.
El texto original plantea dos focos principales. La primera es la institución de excepciones a la edad de retiro estándar para ciertas profesiones que son conocidas por su relaciones con tareas extenuantes, peligrosas o insalubres. Estas son instancias excepcionales en las que la adaptación del lugar de trabajo no es una opción viable. Estos son casos justos donde se permite una jubilación anticipada sin sanciones, en línea con la Recomendación 12 del Pacto de Toledo.
El segundo tema básico que resalta el texto se relaciona con la mejora del bienestar de los trabajadores, en lugar de atender una preocupación emergente por el crecimiento de los casos de incapacidad temporal, que han ido en aumento de manera constante en términos de número y duración, probablemente debido a factores estructurales si consideramos lo que está ocurriendo en los países de nuestra región después de la pandemia de covid. Para abordar este problema, se buscan formas de maximizar el uso de los recursos de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social a través de los acuerdos apropiados, con el objetivo de mejorar los servicios de salud y la recuperación de los trabajadores, lo cual contribuirá a reducir la lista de espera en los sistemas de salud pública.
Todo esto, mientras se mantienen garantías de privacidad, discreción, confidencialidad, consentimiento informado y la colaboración con el personal médico del sistema de salud pública. Por ende, aunque es complicado condensar la relevancia del acuerdo establecido en unas pocas palabras, creo que todos deberíamos estar satisfechos con este logro. No solo por su indudable legitimación social, respaldado por sindicatos y empresarios, sino también porque este acuerdo mejora las condiciones de vida de los trabajadores actuales y futuros jubilados.
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