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Proteccionismo riesgoso

La escalada de tarifas entre los Estados Unidos, la Unión Europea y China se agudiza. ¿Estamos presenciando el ocaso del derecho económico internacional actual? ¿A qué le atribuimos este giro, tomando en cuenta que en 2001 la integración basada en la liberalización comercial y la eliminación de tarifas estaba en pleno auge?
Cuando China entro a la Organización Mundial de Comercio parecía un punto sin retorno.

Implicaba que prácticamente toda la humanidad accedía a dos reglas fundamentales (sujetas a numerosas excepciones): el compromiso de no revertir la liberalización una vez logrado un nivel de apertura específico con otros países en un tema; la cláusula de nación más favorecida que obliga a aplicar a los demás miembros de la OMC el mejor esquema comercial disponible en un tema específico que un estado tiene con uno de ellos.

Las reglas se diseñaron para prevenir guerras comerciales similares a las que exacerbaron la Gran Depresión y causaron la Segunda Guerra Mundial.
¿Estamos ante el inicio del fin del derecho económico internacional?
La Ronda de Doha de las negociaciones comerciales de la OMC, también presentada en 2001, veinte años más tarde tropezó y cayó. Algo había cambiado. El mundo no estaba preparado para más liberalización.
El occidente se había encontrado cara a cara con su vulnerabilidad frente a la competencia asiática. La reubicación de producción a China, Japón y Corea, entre otros, que había generado un apogeo sin precedentes de la clase media en Asia, había sido posible, en parte, por la reducción de tarifas en el occidente. De forma precipitada, optamos por retractarnos y retomar el proteccionismo.

Trump inició la imposición de aranceles a una amplia variedad de productos de Asia y Europa. Biden prosiguió aplicando más tarifas, incluyendo un arancel del 100% de los automóviles chinos que aún está pendiente de aprobación, pero se espera que se concrete en los próximos meses. China, junto con otros países como India, tomó represalias al imponer aranceles a los productos estadounidenses.

La UE siguió una ruta similar posteriormente, a veces de manera explícita, como en la reciente decisión de imponer aranceles a los automóviles eléctricos chinos, y otras veces de forma más sutil, por ejemplo, con la implementación del CBAM (el mecanismo de ajuste de carbono en la frontera), que aplica impuestos a las importaciones de productos con alta intensidad de carbono, como el aluminio.

La mayoría de estas acciones contradicen el espíritu, y a menudo las reglas, del derecho de la Organización Mundial del Comercio y del derecho económico internacional. Si bien es verdad que existen excepciones a sus principales estatutos, ya no es posible justificar estas medidas basándose en excepciones de seguridad nacional o protección del medio ambiente: simplemente buscan revertir el grado de liberalización comercial alcanzado.

El derecho económico internacional se está fracturando, lo que nos lleva a un mundo incierto y potencialmente peligroso. Aunque sin caer en el drama, vale la pena mencionar que la ley estadounidense proteccionista de tarifas Smoot-Hawley, que se aprobó en 1931, es vista a menudo como uno de los principales deflagradores de la Segunda Guerra Mundial.

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