El Comité Europeo de Derechos Sociales falló en contra de la normativa española referente a las compensaciones por despido injustificado, tal como reveló UGT esta madrugada. Esta determinación se basa en la infracción del artículo 24 de la Carta Social Europea y fue denunciada originalmente por el sindicato debido a las imperfecciones del sistema de despidos español y su esquema de compensación.
A pesar de que este fallo fue notificado a los interesados hace ya cuatro meses, no podía divulgarse hasta la medianoche pasada.
El texto, previsible debido a fallos similares respecto a otros países, establece que el despido injustificado debe cumplir dos criterios: disuadir al empleador de violar la ley y compensar al trabajador despedido.
En este sentido, el fallo indica que las compensaciones actuales no suelen compensar al trabajador de manera adecuada por los perjuicios sufridos y que las empresas no deben conocer con anticipación los costos del despido para administrarlo antes de su implementación.
El fallo concluyó que la legislación española infringe el artículo 24 de la Carta Social Europea.
UGT ha instado a que en vista de este fallo, el Gobierno, los sindicatos y los empresarios evalúen adaptar la regulación española para cumplir con los principios del comité, ya que estos son vinculantes.
El sindicato propone varias alternativas, como restablecer la indemnización de 45 días por año trabajado que se derogó en 2012, en lugar de los actuales 33 días, o considerar otros aspectos relacionados con la liquidación o los «abusos» durante el periodo de prueba. “Es un fallo justo, que brinda equidad, que trae justicia y que nos permitirá avanzar en el camino hacia la estabilidad», afirmó el Secretario General de UGT, Pepe Álvarez, en una conferencia de prensa reciente.
Según lo mencionado por el sindicato en declaraciones difundidas por la agencia Europa Press, España ha violado el artículo 24 de la Carta Social Europea. Este artículo asegura el derecho de los empleados a protecciones razonables en caso de ser despedidos. La entidad sindical sostiene que la indemnización que actualmente se establece, la cual es constante y predecible, no es suficiente para compensar los daños financieros sufridos por aquellos trabajadores que fueron despedidos. También perciben que no disuade suficientemente a los empresarios de efectuar despidos.
El sindicato define este como un fallo trascendental que modificará la perspectiva que se ha mantenido en España respecto al despido laboral a lo largo de los años. La Unión General de Trabajadores (UGT) presentó la queja al comité dado que la modificación de las normativas laborales en 2021 no revocó todas las políticas implementadas en 2012 por el gobierno presidido por Mariano Rajoy.