Estos son todos los requisitos que exigen desde el Gobierno para cobrar la ayuda de 500 euros anunciada de manera indefinida.
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Requisitos para cobrar la ayuda de 500 euros de manera indefinida. La duración de esta ayuda será hasta que alcance la edad ordinaria que exijan para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Requisitos para cobrar la ayuda de 500 euros de manera indefinida
Si tienes 52 años o más y ya has terminado la prestación o subsidio por desempleo, te explicamos cuáles son los requisitos que debes cumplir. Esta la información que necesitas saber para solicitar un subsidio por desempleo de mayor de 52 años.
Por un lado, estar en desempleo, puesto que aquellas personas trabajadoras fijas discontinuas no pueden acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022. Por otro lado, disponer de 52 años o más en la fecha en que cumplan los requisitos para acceder al subsidio. En el caso de la persona trabajadora por cuenta ajena, no podrá acceder al subsidio mientras que el cese en el último trabajo se voluntario.
El caso a evitar: las rentas propias de cualquier naturaleza
Además, debes estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que agoten la prestación por desempleo que estabas percibiendo. Por otro lado, debes cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio. No disponer de rentas propias de cualquier naturaleza, que en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Sería excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Además, necesitas acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio cumplen todos los requisitos.
Lo cobrarán entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponda el devengo
La duración de esta ayuda será hasta que alcance la edad ordinaria que exijan para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema del Gobierno de la Seguridad Social. Por su parte, el pago del subsidio tendrá lugar por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponda el devengo. Lo harán, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que se indique, siempre que sea titular de la misma. De esta forma, cumpliendo estos requisitos, acceden a la prestación económica.