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Así será el nuevo impuesto de plusvalía que prepara María Jesús Montero

El Ministerio de Hacienda ya tiene preparado el nuevo impuesto de plusvalía que dará dos opciones a los ciudadanos. Aquí te explicamos cuáles.

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Así será el nuevo impuesto de plusvalía que dará dos opciones a los ciudadanos y les permitirá elegir la más favorable. El real decreto que el Gobierno aprobará el próximo lunes 8 de noviembre da margen a los Ayuntamientos para rebajar un 15% la base imponible del impuesto.

Así será el nuevo impuesto de plusvalía

El Ministerio de Hacienda ya tiene preparado el impuesto de plusvalía el Tribunal Constitucional declarase nulo la forma de cálculo de la base imponible. El departamento de María Jesús Montero adaptará el impuesto a las variaciones del precio de la vivienda.

El objetivo reconocer la ganancia real y la realidad del mercado inmobiliario, como reclamaba el alto tribunal.

Las novedades del nuevo impuesto de plusvalía

De esta forma, el departamento creará nuevos coeficientes ssobre el valor catastral. Este se actualizará cada año para recoger la situación real del mercado. Por otro lado, ofrecerá a los contribuyentes dos alternativas para calcular el tributo y les permitirá acogerse a la más beneficiosa. El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como impuesto de plusvalía municipal, es un tributo directo que depende de los Ayuntamientos. Lo pagan las personas que persona venden, donan o heredan una vivienda. Esta figura fiscal grava en realidad la revalorización que han sufrido los terrenos urbanos sobre los que está construida una casa desde el momento de la compra hasta que se ha traspasado.

Cálculo de la base imponible del nuevo impuesto de plusvalía

La nueva medida mejora el cálculo de la base imponible con el fin de asegurar que los contribuyentes que no obtengan una ganancia por la venta del inmueble queden exentos de pagar el tributo, según fuentes ministeriales. De esta forma Hacienda establecerá dos opciones para determinar la cuota tributaria. Por un lado, podrán calcular mediante el valor catastral en el momento del traspaso, con unos nuevos coeficientes que fijará el ministerio y que reflejarán la realidad inmobiliaria. La otra opción será valorar la diferencia entre el valor de compra y el de venta.

No obstante, en la mayoría de los casos será más favorable para los ciudadanos optar por la segunda opción. En cualquier circunstancia, el Ministerio de Hacienda actualizará los coeficientes cada año con el fin de tener en cuenta las variaciones de valor de los bienes inmuebles.


Contacto:
Fernando Rodríguez Rubio

Apasionado de la escritura, el periodismo y las artes. Máster en Escritura Creativa y graduado en Comunicación Audiovisual. Me encanta el cine, la literatura, la política y la economía.

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