Si vas a tener un hijo este 2021, debes saber que tienes derecho a recibir una prestación de la Seguridad Social por riesgo en el embarazo. Además, si reúnes los requisitos, podrás solicitar también el Ingreso Mínimo Vital. El trámite de la prestación contributiva se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o con cita previa en las oficinas correspondientes.
La Seguridad Social paga a aquellas embarazadas que no puedan trabajar con normalidad por suponer esto un riesgo para el feto o para la salud de la mujer. Se trata de una prestación casi obligatoria para las mujeres que realicen trabajos de acción o que estén en contacto con materiales peligrosos.
Para solicitar esta prestación, la embarazada debe estar dada de alta en la Seguridad Social, estar al corriente del pago de cuotas, no es necesario tener antigüedad en la cotización y tener un contrato laboral en vigor. Sin embargo, esta prestación no podrán cobrarla las mujeres que tengan un contrato fijo discontinuo, que tengan baja por incapacidad laboral debido a un accidente y embarazadas en periodo de excedencia.
Para solicitar esta ayuda, se necesita adjuntar como documentos principales el impreso del INSS en el que aparece ‘Solicitud para la prestación por riesgo en el embarazo’, DNI, certificado de empresa y documentación médica que acredite que el embarazo es de riesgo. Para ampliar esta prestación durante la lactancia, se deberá llevar el Libro de Familia.
Con esta ayuda, se cobra el 100% de la base reguladora las aportaciones a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF.
Lo puede solicitar la mujer embarazada que se encuentre en riesgo de pobreza y no tenga ningún ingreso. La cantidad a cobrar dependerá del número de hijos que tenga a su cargo, de su situación personal y del número de personas que vivan con ella y se tendrá en cuenta el número de beneficiarios de esta prestación que haya dentro del domicilio.
La cantidad a cobrar siempre va desde los 470 euros mensuales hasta los 1.033, siempre dependiendo de las circunstancias descritas, pues no recibirá lo mismo una madre soltera que una familia de cinco miembros. El Ingreso Mínimo Vital se solicita también en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en las oficinas mediante cita previa.
Prestación por nacimiento o adopción de hijo para familias numerosas, monoparentales y madres con discapacidad
Esta ayuda también es un pago único del que se reconoce por el nacimiento o adopción de un hijo a las familias numerosas, monoparentales o en los casos de madres con una discapacidad igual o superior al 65%. El beneficiario de la pensión será la madre, siempre que los progenitores no decidan lo contrario. La cuantía asciende a 1.000 euros y solo la podrán percibir aquellos cuyos ingresos no rebasen el límite establecido.
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