Este martes, 20 de octubre, el Govern catalán aprobará un decreto para que los arrendatarios de locales comerciales puedan solicitar cambios en las condiciones del contrato con los propietarios, mediante un acuerdo. Si este no se produjera se forzaría a una reducción del alquiler de locales.
Si la negociación entre ambas partes no se produce en el plazo de un mes, se forzará una reducción del 50% sobre el alquiler. Mientras que bares y restaurantes permanezcan cerrados, por decreto de las autoridades.
Siempre que tengan tengan prohibida toda actividad o en una proporción igual a la mitad de la pérdida de aprovechamiento del inmueble si hay reducciones de horarios u otros limitaciones.
El Govern deberá aprobar en el plazo máximo de dos años, un nuevo proyecto de ley para incorporar al ordenamiento jurídico la cláusula ‘rebus sic stanitibus’. Dando así cobertura legal a la medida, y permitiendo fijar la regulación pertinente para poder renegociar un nuevo contrato en caso de que se produjeran «cambios imprevistos de circunstancias».
La mencionada cláusula la trasladó el Govern al Código Civil, y se puede aplicar sobre cualquier servicio regulado por un contrato.
A pesar de que las restricciones impuestas desde el Govern ,obligaron a cerrar todo local comercial. Si se permitía la entrega de comida a domicilio. Por lo tanto, si el bar o restaurante ofrece este servicio, no afectará la posibilidad de exigir la reducción al 50% de alquiler.
Según las informaciones que llegan del Gobierno de Pedro Sánchez, la normativa podría ser recurrida ante el Tribunal Constitucional. Aún así consideran que dicha medida es de necesaria aplicación, debido a la crisis económica que atraviesa el sector de la hostelería desde que inició la pandemia. Hace menos de una semana solicitaban la reducción del 75%.
Según cálculos del Ejecutivo, se podrían recibir hasta 1.500 euros por negocio para compensar los 15 días decretados de cierre y cubrir gastos como el alquiler o los suministros.
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