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El Ministerio de Trabajo acaba de publicar el Anteproyecto de Ley de teletrabajo. En él se regulan las condiciones para el buen desarrollo del mismo, garantizando derechos y deberes de los trabajadores.
Este Anteproyecto de Ley estipula que los empleados que desarrollen su trabajo a distancia tendrán los mismos derechos y prestaciones que los que lo hagan en su centro de trabajo.
Para ellos debe aplicarse la misma remuneración, la prevención de riesgos laborales, así como el derecho a la formación. Igualmente, deben tener un registro de su jornada, entre otros.
En el documento se detallan las condiciones laborales de los empleados en relación al trabajo a distancia.
El documento recoge una serie de derechos y obligaciones para empresas y empleados que quieran o deban llevar a cabo la modalidad del trabajo a distancia. Entre las medidas descata:
Tendrán el derecho a teletrabajar aquellos empleados cuyos familiares sufran enfermedades o accidentes. También tendrán ese derecho aquellos empleados cuya empresa se vea obligada a interrumpir la actividad en sus centros de trabajo. Según el Ministerio, el teletrabajo será preferente a los ERTE.
Las empresas estarán obligadas a facilitar a los empleados los medios necesarios para poder llevar a cabo el teletrabajo. Además, deberán costear con los gastos, directos e indirectos, que esta labor conlleva.
El Anteproyecto garantiza así que los empleados no reciban comunicaciones de la empresa fuera de su horario laboral. Defiende así «una limitación absoluta del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada».
El teletrabajo debe estar unido a la conciliación familiar, y no debe perpetuar los roles de género. Tal y como recoge el Anteproyecto, «deben garantizarse a las personas trabajadoras a distancia los mismos derechos de conciliación que se reconocen a las personas trabajadoras presenciales»
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