La crisis por el Coronavirus ha provocado un alud de ertes: resolvemos tus dudas sobre los trámites necesarios ante el SEPE para cobrar el paro.
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Más de dos millones de trabajadores en toda España están afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) debido a la actual crisis por el Coronavirus. Esta situación requiere una serie de trámites con las oficinas de empleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para asegurar, entre otros, que todos los empleados afectados cobren su prestación de paro a tiempo.
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¿Qué he de hacer para cobrar el paro?
Siempre que sea registrado sea justificado como consecuencia del Covid-19, será la empresa la encargada de facilitar los datos al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
¿Debo enviar a alguien algún dato?
No. Será la empresa, ya que dispone de todos los datos fiscales y bancarios del trabajador necesarios para tramitar el alta como demandante de empleo. El trabajador no deberá responder a mensajes de cuentas no verificadas, ante los mensajes fraudulentos que han circulado para estafar a las personas que los faciliten.
¿Hay diferencia entre un ERTE por fuerza mayor o deotro tipo?
No, a nivel del trabajador. El sepe ha aclarado que debe de ser la empresa la que facilite los datos independientemente de la modalidad a los servicios de empleo. Todos los expedientes vinculados a consecuencias del Covid-19 siguen este procedimiento.
¿Tengo derecho a cobrar la prestación del paro?
Sí, todos los trabajadores afectados por un ERTE vinculado al Coronavirus tienen derecho a cobrar una prestación por desempleo independientemente del tiempo que lleven cotizando con anterioridad al mismo. Si el período de cotización mínimo no se cumple (180 días en los últimos 5 años), tendrá vigencia mientras dure el estado de alarma. Si el ERTE se prolonga más que este, esas personas perderían su derecho a recibirlo. En caso se tener el mínimo cotizado, si el ERTE se mantiene una vez finalizado el estado de alarma, los trabajadores pasarían a consumir días acumulados y tendrían derecho a prestación hasta agotarlos.
¿Cuánto se cobra con la prestación?
La prestación por desempleo durante un ERTE equivale al 70% de la base reguladora del trabajador durante los primeros seis meses. La base reguladora se obtiene con la media de las últimas seis nóminas. Durante los meses siguientes hasta un máximo de dos años o hasta agotar el derecho de prestación se reduce a un 50%. Los topes máximos son: Trabajador sin hijos o familiares a cargo, 1.098,09€ al mes. Trabajador con un hijo o familiar a cargo, 1254,96€ al mes. Trabajador con dos o más hijos o familiares a cargo, 1411,83€ al mes. Los topes mínimos son: Trabajadores sin hijos o familiares a cargo, 501,98€ al mes. Trabajadores con uno o más hijos o familiares a cargo, 671,4€ al mes.
¿Cuándo se cobra la prestación de paro?
El SEPE tiene la obligación de efectuar el pago de la prestación entre el día 10 y 15 del mes siguiente a la oficialización del ERTE.