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Dudas sobre los vados: ¿prohíben solo estacionar o también parar?

La DGT aclara las diferencias entre parar y estacionar en zonas de vado.

Imagen que ilustra las dudas sobre los vados y su normativa
Explora las dudas comunes sobre los vados y su regulación.

La confusión entre parar y estacionar

Encontrar un lugar para estacionar puede ser una tarea complicada, especialmente en áreas concurridas. Muchos conductores se enfrentan a la incertidumbre cuando ven un vado y se preguntan si pueden detenerse brevemente.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado que existe una diferencia crucial entre parar y estacionar un vehículo. Estacionar implica dejar el coche sin el conductor dentro durante más de dos minutos, mientras que parar se refiere a detenerse por un tiempo menor, con el conductor aún en el vehículo.

Normativa sobre los vados

Los vados están diseñados para mantener libres los accesos a garajes y propiedades. La señalización correspondiente, que incluye la señal R-308, indica que está prohibido estacionar en el área delimitada. Sin embargo, la DGT ha confirmado que esta señal solo prohíbe el estacionamiento, lo que significa que los conductores pueden parar en un vado, siempre que la parada no supere los dos minutos y el conductor permanezca en el vehículo.

Consecuencias de no respetar la normativa

Si un conductor deja su coche parado en un vado por más de dos minutos o se baja del vehículo, se expone a una multa de 200 euros, que se reduce a 100 si se paga en los primeros 15 días. Aunque esta infracción no conlleva la pérdida de puntos del carnet, sí puede resultar en que la grúa municipal retire el vehículo, lo que implica gastos adicionales. Además, es importante recordar que, aunque uno sea propietario del vado, no está permitido estacionar en él, solo se puede acceder al garaje correspondiente.

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