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La Audiencia considera que el delito cometido contra Miguel Ángel Blanco ha caducado para dos exlíderes de ETA

La Audiencia ha declarado que el caso del crimen de Miguel Ángel Blanco ha caducado para dos exlíderes de ETA. Aún queda en proceso un exjefe, José Javier Arizcuren Ruiz, conocido como Kantauri, quien fue acusado en 2016.

La Audiencia Nacional ha concluido que varios altos cargos de ETA tienen responsabilidad presunta en el secuestro y asesinato del concejal del PP en Ermua, Miguel Ángel Blanco, ocurrido en julio de 1997, y ha decidido archivar la causa para tres de ellos.

El lunes anterior se tomó esta decisión respecto a Soledad Iparraguirre, conocida como Anboto, y el viernes se realizó lo mismo para Mikel Albisu, Mikel Antza, e Ignacio Gracia Arregi, Iñaki de Rentería. La cuarta sección de lo Penal sostiene la misma opinión que sus defensores y la Fiscalía, considerando que los delitos han prescrito, ya que las acciones legales iniciadas en 2022 ocurrieron casi 25 años después del atentado, y el período de prescripción es de 20 años.

Solo permanece en juicio un exjefe de ETA, José Javier Arizcuren Ruiz, quien fue acusado antes que los otros tres, tras la denuncia presentada por la asociación de víctimas Dignidad y Justicia.

La prescripción para estos tres exdirigentes impide que enfrenten un juicio por el ataque al joven concejal, aunque la mencionada asociación ha manifestado su intención de apelar las decisiones ante el Tribunal Supremo.

Tanto Dignidad y Justicia como el PP, la Asociación de Víctimas del Terrorismo y la Fundación Villacisneros argumentaron en la audiencia que los delitos no habían prescrito en el momento de la aprobación de la Ley Orgánica 5/2010, vigente desde el 22 de junio, que establece la imprescriptibilidad de los crímenes de terrorismo que resultan en muerte.

No obstante, en su fallo de este viernes, el tribunal reafirma los mismos puntos expuestos el lunes en relación con Anboto, y señala que debe apegarse «a lo dictado por la legislación penal y la jurisprudencia interpretativa para evitar las graves repercusiones que causó la conocida doctrina Parot, posteriormente anulada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos».

La Sala rechaza lo que denomina «la imprescriptibilidad de facto» que se derivaría de aceptar las argumentaciones de las acusaciones populares, y precisa que «la prescripción no altera la punibilidad de las acciones, sino únicamente su capacidad de ser perseguidas». Así, acoge los recursos de los exlíderes de ETA, advirtiendo que, de no hacerlo, se infringirían principios fundamentales como la legalidad, la seguridad jurídica y la irretroactividad de normas punitivas desfavorables.

La Audiencia Nacional ha concluido que la supuesta implicación de varios altos mandos de ETA en el secuestro y asesinato del concejal del PP en Ermua (Vizcaya), Miguel Ángel Blanco, en julio de 1997 ha prescrito, y ha decidido archivar la causa para tres de ellos.

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