Un matrimonio ha sido declarado culpable por no proporcionar seguros a las trabajadoras de su burdel en Lalín, en el interior de Pontevedra. De las 11 mujeres que trabajaban en el prostíbulo, solo una estaba registrada en la Seguridad Social.
De las restantes, cuatro no tenían contrato y seis se encontraban ilegalmente en España, sin papeles ni permiso de trabajo.
Los propietarios del burdel fueron llevados a juicio por la Audiencia de Pontevedra por un delito contra los derechos laborales, después de que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Fiscalía presentaran una demanda ante el juzgado de instrucción número 1 de Lalín.
El fallo de la sección cuarta de la Audiencia provincial establece que el matrimonio no cumplió con su obligación de empleadores al mantener a las mujeres en su establecimiento sin haberlas registrado en el Régimen General de la Seguridad Social. Además, permitieron que otras seis mujeres, que no poseían la documentación ni los permisos necesarios para vivir o trabajar en el país, permanecieran en su local. Como resultado, cada miembro del matrimonio ha sido sentenciado a seis meses de prisión y una multa de 900 euros.
El juicio concluyó en septiembre. La mujer, una brasileña de 45 años, gestionaba Grushenka SL, mientras que el hombre, un asturiano de 50 años, era el responsable del local.
Según la TSGG, el daño económico causado al tesoro público por la malversación laboral ascendió a 133.000 euros, más los intereses por retraso. El matrimonio tendrá que devolver a la Seguridad Social 578 euros de forma conjunta, además de cubrir las costas del proceso.
La Inspección de Trabajo y la brigada de extranjería de la Policía Nacional hicieron una denuncia conjunta contra el club «Fuego Latino» en mayo de 2023, que fue recibida por el juzgado de Lalín. Este burdel, ubicado en Bergazos, una parroquia del municipio montañoso, operaba en condiciones irregulares.
Las 11 mujeres que trabajaban allí mantenían estatus migratorios variados. Solo Adela poseía un contrato laboral. Una de las mujeres tenía nacionalidad española, mientras que dos tenían Número de Identificación Extranjero (NIE). Las seis restantes portaban pasaportes extranjeros, pero no tenían permiso de residencia en España, por lo que su estatus era ilegal. Sin embargo, durante el proceso judicial, estas mujeres no confirmaron lo señalado anteriormente durante la inspección y no testificaron en contra de los propietarios del establecimiento.