Pedro Sánchez recurrió al artículo 416 para negarse a testificar ante el magistrado Juan Carlos Peinado el pasado 30 de julio, en relación a la investigación llevada a cabo contra su esposa, Begoña Gómez. Su declaración, que se hizo pública este lunes, duró escasos dos minutos y en ella, Sánchez ejerció su derecho a no testificar, respaldado por el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Este artículo permite a aquellos relacionados de forma directa, ya sea ascendente o descendente, el cónyuge o aquello que tengan una relación parecida a la conyugal, hermanos y parientes hasta el segundo grado civil, a no declarar en el juicio.
En este caso, Sánchez, siendo el esposo de la acusada, tiene la libertad de no testificar. El artículo 416 también permite al juez recordar al testigo que no está forzado a testificar en contra del acusado, y puede hacer las observaciones que considere necesarias, lo cual será registrado por el Abogado de la Administración de Justicia.