El Tribunal Constitucional ha dado por unánime la petición de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo contra la ley de amnistía, el día en que el plazo para apelar contra la ley concluyó. De igual manera, ha considerado válida la decisión de abstención del juez Juan Carlos Campo.
El Pleno decidió este miércoles reevaluar la ley tras tomar en cuenta la cuestión presentada por la sala penal del tribunal superior respecto al crimen de disturbios públicos, cuyo relator es el juez conservador Ricardo Enríquez.
Como se anticipaba, el pleno de la corte de garantías, respaldado por sus 12 jueces (siete progresistas y cinco conservadores), ha validado tanto la petición de abstención de Campo como la consulta presentada por el Supremo.
Campo se abstuvo de participar debido a que cuando ostentó el cargo de ministro de Justicia en el gobierno de Pedro Sánchez, calificó en informes sobre los indultos a los sentenciados por el procés que la amnistía era «abiertamente inconstitucional».
Este no es el primer incidente en que el juez decide no participar en debates sobre la amnistía, ya que en noviembre de 2023, cuando estaba en discusión la ley, se abstuvo de un recurso de protección presentado por un individuo. Alegó que su decisión fue para resguardar la «imparcialidad» del Constitucional.
La abstención de Campo, un miembro del sector progresista del tribunal, no cambiaría la distribución de poder entre los bloques, que se mantendría en seis a cinco, lo que significa que los conservadores continuarían siendo minoría.
El Tribunal Constitucional (TC) ha iniciado procedimientos sobre el primer asunto en relación con la ley de amnistía aprobada en mayo pasado. Este surge debido a una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo (TS) en julio, alegando que el artículo 1 de dicha ley infringe el derecho a la igualdad, los principios de seguridad jurídica, prohibición de la arbitrariedad y exclusividad jurisdiccional garantizados por la Constitución.
La decisión del Supremo de recurrir al TC fue tomada luego de examinar el caso de dos individuos condenados por disturbios públicos en Girona, a raíz de la sentencia contra el ex-vicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros líderes del moviemiento soberanista.
Un fallo esencial
Una vez que se acepte, se estima que la respuesta al TS tomará entre seis meses y un año en llegar. Aunque este fallo no se aplicará automáticamente a los otros posibles casos de inconstitucionalidad y recursos presentados, influirá en su resolución.
Según fuentes del TC consultadas por Europa Press, tras la resolución de los cuestionamientos del TS, se evaluarán los recursos de inconstitucionalidad. Por ahora, el TC tiene los recursos presentados por el Partido Popular (PP) y varias regiones gobernadas por Alberto Núñez Feijóo, incluyendo Madrid y Andalucía.
El juez conservador José María Macías se encargará del informe sobre el recurso presentado por Génova. Las fuentes señalan que no tiene previsto abstenerse, a pesar de haberse pronunciado en contra de la ley de amnistía como miembro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Con respecto a otros recursos de inconstitucionalidad presentados por regiones gobernadas por el PP, Campo ha recibido el de Cantabria, pero se anticipa su abstención y se espera que su colega conservador César Tolosa se encargue del caso.
A pesar de las abstenciones, ya existen numerosos recursos acompañados de apelaciones contra tres jueces: el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, la exfuncionaria de Moncloa, Laura Díez y Campo. No obstante, en la oficina de Domenico Scarlatti ven poco potencial en estas solicitudes.
Los líderes del proceso independentista catalán al final de la lista
Despachados los recursos de inconstitucionalidad, el tribunal se enfocará en los recursos de amparo que, a diferencia de los primeros, se podrán acumular para que un solo juez gestione las presentaciones de todos.
En este sentido, las apelaciones que los líderes condenados y procesados del proceso independentista, como Junqueras y el expresidente catalán Carles Puigdemont, respectivamente, deseen presentar tendrán que aguardar.
Aún no han podido presentar sus recursos ya que sus respectivos casos deben completar primero el procedimiento legal en el Supremo, donde todavía hay recursos pendientes.
En relación a Junqueras y el resto de los condenados, la Sala Penal está considerando los recursos de súplica. Y, después de gestionar estos, aún tendrían que presentar alegatos de anulidad antes de recurrir al Tribunal Constitucional.
En cuanto a los procesados, el juez de instrucción, Pablo Llarena, rechazó esta semana los recursos de reforma, aunque se han elevado a la Sala de Apelaciones, a lo que se sumarían los eventuales alegatos de anulidad.
Por unanimidad, el Tribunal Constitucional ha dado curso a la cuestión de inconstitucionalidad en contra de la ley de amnistía, presentada por el Tribunal Supremo. Dicha decisión se tomó el último día permitido para impugnar la regla. Asimismo, se ha autorizado la abstención del juez Juan Carlos Campo. Este miércoles, el Pleno decidió examinar la ley en respuesta a la cuestión propuesta por la Sala Penal del alto tribunal con relación al delito de disturbios públicos, cuyo relator es el juez conservador Ricardo Enríquez.