El fallo de precontratación mínima de 30 minutos de los Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) en las Islas Baleares ha sido respaldado por el Tribunal Constitucional. Este Tribunal ha aprobado, por unanimidad, la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo, en referencia a un artículo del Decreto-ley 1/19 de Baleares, fechado el 22 de febrero, que impone la necesidad de reservar el servicio de los VTC con un tiempo de anticipación de 30 minutos antes de su uso.
Según una declaración del Tribunal Constitucional, este martes, el veredicto opina que la medida es adversa a la libertad empresarial, como el Supremo destacó en 2023, y argumenta que «impide de manera irracional» las operaciones de los VTC. Aunque la disposición de precontratación mínima de 30 minutos mencionada en el decreto ley buscaba finalidades legítimas desde una perspectiva constitucional, como la búsqueda de equilibrio entre los sectores de taxi y VTC, el Tribunal sostiene que la norma específica es inapropiada y no tiene justificación.
Además, el Tribunal señala que esta norma coloca a los VTC en una situación de «desventaja competitiva» en el único sector donde operan, y no proporciona la necesaria protección al consumidor, ya que restringe las actividades de uno de los proveedores de servicio de transporte de pasajeros.