Con el inicio del nuevo ciclo académico, la negociación de disminuir las horas laborales es una vez más impulsada por el Ministerio de Trabajo, aunque hay empleados que ya tienen la capacidad de solicitarlo. Los trabajadores que requieren tiempo para cuidados personales y cumplen ciertos criterios establecidos en el Estatuto de los Trabajadores pueden hacer la petición.
Según el artículo 37.6 de este estatuto, reportado por el sitio web Noticias Trabajo, los empleados pueden solicitar una reducción de sus horas de trabajo si se encuentran en las siguientes situaciones: cuidando a niños menores de 12 años o a personas con discapacidades que no tienen empleo, cuidando a familiares hasta el segundo nivel de parentesco que, debido a la edad, un accidente o una enfermedad, no pueden cuidarse por sí mismos y no trabajan, cuidando a su cónyuge o pareja que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no puede cuidarse por sí misma y no tiene trabajo, o cuidando a un hijo o dependiente menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave que requiere cuidado constante y permanente.
En estos casos, los empleados tienen derecho a una disminución en sus horas laborales diarias y a una reducción proporcional de su salario, que puede ser «de, al menos, una octava parte a la mitad de la duración de su jornada laboral». En el último caso, es decir, cuidar a un niño con cáncer o una enfermedad grave, la reducción será de al menos la mitad de la jornada laboral y la disminución no conlleva una pérdida salarial. Es importante tener en cuenta que estas reducciones solo afectan la duración de la jornada laboral, no el horario: aunque se trabaje menos horas, si uno estaba asignado al turno de tarde, se seguirá trabajando en ese turno. La solicitud de reducción debe ser escrita, entregada con 15 días de anticipación y debe indicar la fecha de inicio y de final de la reducción.