La herencia multimillonaria de Ángel Luengo está en peligro de enredarse en procesos judiciales. Los demandantes, dos hijos y una nieta del empresario, han sido condenados a pagar los costos legales tras sus infructuosos intentos de anular el pacto sucesorio de Luengo.
Sin embargo, no se han desalentado y planean apelar la sentencia.
El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza rechazó la demanda contra el acuerdo de herencia que reguló la distribución de los bienes de Luengo. A pesar de la imposición de costos judiciales a los demandantes, estos están dispuestos a llevar su caso a los tribunales europeos, argumentando que se está violando derechos fundamentales.
A su vez, la legitimidad de la herencia del Grupo SAMCA, un emporio empresarial valorado en más de 2.000 millones de euros y empleador de más de 3.500 personas en diversas áreas como la minería, agricultura, construcción, logística, energía y química a nivel global, se encuentra en disputa.
El conglomerado, fundado desde cero por el empresario de Teruel que murió en 2021 a la edad de 92 años, está en manos de dos de sus 16 nietos, Javier y Guillermo Luengo Egido, impulsado por el pacto sucesorio que él y su esposa, Aurora Sanz, quien también ha fallecido, firmaron en 2010.
En el mencionado pacto, Luengo excluyó a sus ocho hijos y a los demás 14 nietos, quienes recibieron una distribución de alrededor de 39 millones de euros. Dos de los hijos, Ángel y Javier, y una de las nietas, Caroline, hija del primero, emprendieron acciones legales alegando que el pacto no reflejaba la verdadera voluntad de la esposa, quien según ellos habría firmado el pacto en una situación de vulnerabilidad y con deterioro de sus facultades mentales.
La sentencia proclamó la absolución de los herederos y directivos del Grupo SAMCA que fueron demandados y que estaban a cargo de la gestión, tres meses después de la realización del juicio. El fallo determinó que la acusación se fundamentaba en argumentos dudosos y en el beneficio personal de los demandantes. A su vez, basado en las declaraciones de los doctores que la atendieron, se estableció que Aurora Sanz estuvo en total control de sus capacidades cuando firmó el testamento de 2010 que los demandantes intentaban impugnar.
Los demandantes critican la decisión, destacando que es anticuada y contiene errores en el manejo de la evidencia y la aplicación de los principios legales. Aseguran que la sentencia fue emitida sin considerar los principios constitucionales que estaban siendo debatidos durante el proceso legal, los cuales no fueron siquiera abordados.
En la decisión de la esposa
El fallo estipula que Aurora Sanz estaba en plena capacidad de tomar decisiones y que el pacto concordaba con las decisiones previamente tomadas por el matrimonio de mutuo acuerdo. Asimismo, se reafirma la legalidad del contrato sucesorio otorgado y su aptitud para regular la sucesión de una empresa. Se menciona también que estaba redactado con claridad en sus términos. Basicamente, esta decisión reflejaba el deseo de Luengo y Sanz de mantener unido el grupo empresarial.
El veredicto sostiene que no existía una dinámica de dominación en el matrimonio Luengo-Sanz, a diferencia de lo que afirmaban los denunciantes, y la libre decisión de la esposa no estaba invalidada. Los denunciantes argumentaban en su demanda que Aurora Sanz sancionó el acuerdo con una disminución de sus habilidades, que la incapacitaba factualmente y en una situación de vulnerabilidad, ya que permitía a su esposo hacer modificaciones posteriores sin permitírselo a ella y sin contar con las protecciones provistas por otras herramientas legales en casos de incapacidad para tomar decisiones.
Además, afirmaban que se reemplazaban los testamentos previos firmados en igualdad de condiciones y que frente al nuevo documento, se enfrentaba a condiciones que, según los denunciantes, Aurora no podía comprender. En particular, destacaban la irrevocabilidad del documento y la disposición de sus derechos sobre su propiedad en manos de terceros si su marido fallecía antes que ella, como sucedió, y no en las de sus hijos.
«El veredicto, afirman, se dictó en completa ignorancia de los valores constitucionales en juego en el procedimiento, que ni siquiera se abordan, y legitima una situación altamente ofensiva al prever solo para la esposa la negación de su capacidad de gestionar y disponer de su patrimonio y el que recibe del marido en usufructo. De este modo, la incapacita de facto, invalidando su voluntad y privándola de sus derechos constitucionales más básicos a la dignidad, integridad personal y no discriminación, entre otros».
«Sostenían que su madre y abuela no era capaz, pero eso no les ha impedido aceptar donaciones provenientes de ella»
La resolución judicial favorece a los demandados, apuntando a incoherencias en los argumentos de los litigantes: «Sostenían que su madre y abuela carecía de juicio, sin embargo, no rechazaron sus generosas donaciones de los últimos años», indican los beneficiarios subrayados por la sentencia. El texto también aclara que la mayoría de los legados establecidos en el contrato sucesorio fue para los hijos y nietos beneficiados, incluyendo uno de los demandantes. La sentencia cuestiona la veracidad de algunas pruebas y el método de obtención, así como las intenciones de los demandantes y su derecho a litigar, criticándoles por la omisión de hechos importantes.
Después de cuatro días de juicio en junio pasado, la sentencia marca el fin del proceso en Primera Instancia. Más de veinte testigos, incluyendo familiares, expertos y empleados de SAMCA testificaron en el caso visto en el Juzgado número 2 de Zaragoza para examinar la herencia del influyente empresario aragonés y una de las mayores fortunas de España. La defensa de los demandados fue por cuenta del despacho Garrigues.
Ahora, los demandantes pueden apelar la sentencia ante la Audiencia Provincial de Zaragoza, ya han expresado su intención de hacerlo. «No descartamos que, debido a su naturaleza, pueda llegar al Tribunal Supremo o incluso al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos», mencionan fuentes cercanas. «Ya se está estudiando y evaluando antes de la apelación, no solo para defender los intereses de los afectados, sino para evitar la consolidación de una situación tan anacrónica como la que respalda la Sentencia», concluyen.
El Tribunal de Primera Instancia número 2 de Zaragoza ha rechazado la demanda entablada contra el acuerdo sucesorio del empresario Ángel Luengo. Aunque los demandantes han sido sentenciados a pagar las costas, están dispuestos a llevar el caso incluso ante las cortes europeas. Argumentan que se están poniendo en duda derechos fundamentales que la sentencia no ha abordado.