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El fotógrafo Kote Cabezudo es condenado a 28 años de cárcel por abusar de modelos y difundir pornografía infantil. La fiscalía incrementó la petición de condena hasta los 250 años tras escuchar en la vista oral los testimonios de las víctimas, algunas menores.
La Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha condenado a 28 años y dos meses de prisión al fotógrafo Kote Cabezudo como autor de delitos de abusos sexuales, violación, pornografía infantil y estafa.
En la relación de los graves delitos por los que le condena incluyen uno de violación y otro de abuso sexual. Todo ello en relación a dos víctimas diferentes, ambas mayores de edad en el momento de los hechos.
La condena disminuye considerablemente las peticiones de cárcel solicitadas tanto por la Fiscalía como por el abogado que representaba a la mayoría de las 16 víctimas. Este llegó a solicitar 2.388 años de reclusión ya que le absuelve de 217 delitos de los que había sido imputado. Kote Cabezudo, en prisión y con varias condenas menores anteriores, deberá abonar 116.000 euros a sus víctimas.
La sentencia consta de 340 folios. Expone que Cabezudo convirtió las fotos tomadas a al menos 6 menores como material pornográfico. Sin embargo, en el caso de cinco de estas víctimas el delito habría prescrito por lo que la condena sólo recoge uno de estas vulneraciones de derechos de una menor. También los jueces consideran que tras la instrucción judicial y la vista oral ha quedado acreditado que el acusado difundió en sus páginas web. Ese material correspondiente a cuatro de las otras víctimas, por lo que le condenan por cuatro delitos de difusión de pornografía infantil, delito no prescrito. La sentencia incluye otro delito de difusión de pornografía infantil porque Cabezudo poseyó ese material con la finalidad de difundirlo.
Sin embargo, no considera que hubiera delito en las relaciones entre Cabezudo y las modelos que ya eran mayores de edad cuando acudieron a sus sesiones fotográficas en el estudio situado en San Sebastián. Según el resumen de la sentencia, las modelos cedieron al acusado sus derechos de imagen y le autorizaron para la publicación de las imágenes que obtuviera de ellas en sus páginas web. Todo ello a cambio de un precio que el acusado les abonó por cada sesión de posado.
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