La Audiencia de Barcelona le impone tres años y medio de prisión por estafar a una de sus exparejas. Además, tendrá que indemnizar a la víctima.
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Condenan a prisión a Albert Cavallé, conocido como el ‘estafador del amor’. La Audiencia de Barcelona le impone tres años y medio de prisión por estafar a una de sus exparejas. Además, indemnizará a la víctima con 70.000 euros.
Prisión para Albert Cavallé, el ‘estafador del amor’
La Audiencia de Barcelona ha condenado a tres años y medio de cárcel al ‘estafador del amor’. Le acusan de haber timado a una expareja, que contrajo una deuda de 43.000 euros por él, al considerar que su «verdadero propósito fue granjearse su estima para obtener a su costa el mayor beneficio económico».
En la sentencia, la Audiencia de Barcelona considera a Albert C. culpable de un delito continuado de estafa. Por ello, deberá abonar una indemnización de 70.000 euros a su exnovia, a la que engañó en 2016 con el fin de obtener dinero mediante préstamos, operaciones a crédito o apoderarse de sus bienes.
Así era ‘el estafador del amor’
Albert Cavallé, denunciado por al menos 25 mujeres, las seducía para conseguir dinero. En mayo de este 2021 le detuvieron por haber timado presuntamente 70.000 euros a una persona que padece esclerosis múltiple. Albert ya tiene condenas por estafa, pero en los otros casos ha terminado absuelto.
La Audiencia le condena ante «la maquinación engañosa urdida y plasmada en la creación de una apariencia de relación sentimental» que atribuye al acusado. También por los 60.000 euros que defraudó a la víctima y la posterior afectación psicológica que esta sufrió.
Los delitos de anteriores
Los hechos comienzan en diciembre de 2015. Entonces, Cavallé inició una relación sentimental con una mujer con el «verdadero propósito» de «granjearse su estima para a obtener a su costa el mayor beneficio económico posible«. «En ningún momento Albert C. O. tuvo intención de mantener una relación afectiva de carácter sentimental con la víctima. Su único propósito al aparentarlo fue el de enriquecerse a su costa», alega la Audiencia, para la cual el acusado «desplegó la conducta propia del timador al uso».
«La puesta en escena propia de las estafas cometidas a través de los llamados usualmente ‘timos’ en este caso se concretó en crear una apariencia de relación», señala la sentencia.
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