Prisiones deniega la segunda petición de permiso de salida de 'El Prenda', miembro de 'La Manada' después de admitir la violación en los Sanfermines de 2016.
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Prisiones deniega la segunda petición de permiso de salida de ‘El Prenda’, miembro de ‘La Manada’ después de admitir la violación a la chica en los Sanfermines de 2016.
Rechazan el permiso deniega permiso de salida de El Prenda
La Junta de Tratamiento de la prisión de Cádiz Puerto III deniega la solicitud del permiso de salida José Ángel Prenda (‘El Prenda’).
El acusado de acoso sexual por el mediático juicio contra él y sus cuatro de amigos autollamados ‘La manada’, envió una carta en julio de este año admitiendo que cometió una violación.
En el escrito, enviado a la Audiencia Provincial de Navarra, pidió perdón y reconoció la violación de la joven en un portal de Pamplona en los Sanfermines de 2016.
El mismo año que se cometió la violación, El Prenda envió una carta a los medios de comunicación afirmando su inocencia. En ella, aseguró que la joven había causado un daño enorme a su familia y la de los otros cuatro acusados: «Son cinco familias destrozadas por una mentira que estoy seguro que en su día diría para salir del paso (…) Espero que acabe con todo esto contando la verdad».
El interno ya ha cumplido una cuarta parte de la condena, por lo que admitir el crimen, beneficia a su solicitud de permisos temporales.
Segunda petición denegada
Según confirman fuentes conocedoras del expediente penitenciario, El Prenda ha tramitado ya dos peticiones para disfrutar de permisos de salida de acuerdo a la legislación, que recoge este derecho cuando el interno cumple una cuarta parte de la condena.
Con la negativa de prisiones, ahora puede plantear recurso por la vía judicial ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y, en última instancia, ante la Audiencia de Navarra.
José Ángel Prenda cumple 15 años de condena en un módulo de respeto del Centro Penitenciario Puerto III (Cádiz).
Permisos para salir
El Reglamento Penitenciario contempla el disfrute de permisos de salida ordinarios «como preparación para la vida en libertad» en los internos clasificados en segundo grado o régimen ordinario -36 días al año en total- o en tercer grado o régimen abierto -48 días-. La ley establece que esto es posible «siempre que hayan extinguido la cuarta parte de la condena o condenas y no observen mala conducta».