Crónica
|
17 febrero, 2021 12:32 pm

Madrid amplía el horario del toque de queda y la hostelería

Compartir

La Comunidad de Madrid ha confirmado que el horario del toque de queda se ampliará. Incluyendo el del cierre de la hostelería.

Madrid ha anunciado que desde este jueves a las 00:00 horas, el horario del toque de queda se retrasa hasta la 23:00 horas y el cierre de la hostelería se podrá flexibilizar. Siempre que no se pase del límite fijado para el comienzo de la restricción de movilidad nocturna de la comunidad.

Advertisements

Madrid: cambia horario del toque de queda

La medida sobre la hostelería la avanzó el pasado viernes, Antonio Zaparero, el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid. Aunque dijo que se esperaría a ver si se producía o no, un mejora en la cifra de contagios, como así ha sucedido durante estos días.

Advertisements

Dentro de la orden publicada en el BOCM, ya se había marcado el cambio, pero este se podía cambiar, en el caso de que los resultados no fueran positivos. Los datos señalan una buena evolución en Madrid, donde los contagios han bajado de los 999,5 casos por 100.000 habitantes a 14 días del pasado 2 de febrero. Fueron 529 los contagiados que se registraron ayer martes, siendo 625,85 el viernes.

El decreto de la presidenta Díaz Ayuso recoge además, que está prohibidas las reuniones entre personas que no convivan bajo el mismo techo, hasta el próximo 1 de marzo.

«Los datos epidemiológicos actuales continúan mostrando una curva descendente tanto en el número de contagios como en la incidencia acumulada, lo que permite que algunas de las medidas adoptadas se puedan flexibilizar suavemente, si bien otras deben mantener se para consolidar la tendencia».

Como regla general, no se permite superar las 22:00 horas en ningún caso, incluyéndose en esta medida a; recintos, locales abiertos al público y resto de establecimientos de la Comunidad de Madrid. Pudiendo juntarse en cada mesa, hasta seis personas, en una terraza.

Locales y centros esenciales excluidos

Dicha medida no se aplica por tanto a : farmacias, centros y establecimientos sanitarios, centros veterinarios, servicios de comida a domicilio, centros y servicios de carácter social, establecimientos de combustible para la automoción y todos aquellos que se consideren esenciales, pues prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables.

LEA TAMBIEN:

Soraya

Creo en el poder de la comunicación para arreglar el mundo. Periodista y redactora en constante aprendizaje.

Más leídos

El pitbull de grandes dimensiones que ha acabado con la vida de su dueño de 26 años será presumiblemente sacrificado tras lo sucedido.

El presunto asesino en serie queda con los hombres a través de apps de citas y posteriormente los droga para robarles en Bilbao.

';