El Supremo ordena a los juzgados a investigar la muerte de ancianos en las residencias. Aún no sabemos si esto es para callar las voces del pueblo o simplemente es propaganda política y moral. Se extreman medidas, y con ellas se justifican las muertes, pues somos un número y lo único que importa es que baje la cifra, no que nadie muera como colilla.
La Sala II del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite de 20 querellas y 30 denuncias presentadas en los últimos meses por distintos sindicatos, asociaciones, organizaciones profesionales del ámbito de la sanidad y de las Fuerzas de Seguridad así como de familiares de víctimas del coronavirus.
Por lo que se ordena deducir testimonio de esas querellas y denuncias y remitirlas al Juzgado decano de los Juzgados de Madrid para una incoación de las causas penales que correspondan. En especial, “deben incidir en las muertes en residencias de la tercera edad, en la eventual omisión de las medidas de seguridad que se brindaron a los profesionales sanitarios o a los policías, y a una posible malversación de fondos públicos en la contratación de materiales fallidos o fraudulentos para combatir la pandemia”.
En un auto, cuyos ponentes son: Manuel Marchena, los Magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Pablo Llarena y Vicente Magro. Los hechos estudiados se ciñen a los imputados ante dicha Sala II. Mencionados en las denuncias: el presidente del Gobierno, los vicepresidentes y el resto de ministros. Los magistrados del Tribunal Constitucional y del Supremo, el Defensor del Pueblo, y la presidenta de la Comunidad de Madrid. Recuerda al respecto que el TS no es el órgano llamado ordinariamente a investigar hechos penales, sino sólo excepcionalmente a las personas aforadas, para no sustraer las investigaciones de su ámbito primario natural.
El auto analiza cada uno de los delitos atribuidos en las denuncias, como el delito contra el derecho de los trabajadores; prevaricación y malversación de caudales públicos. Entre los hechos denunciados destacaban las concentraciones y manifestaciones como la del 8-M, días antes del estado de alarma. Asimismo se alega contra que no se hubiesen facilitado a los profesionales sanitarios o de las fuerzas de Seguridad del Estado equipos de protección adecuados.
La Sala recuerda que la responsabilidad penal es estrictamente personal. La imputación puede ser especialmente compleja cuando la supuesta acción delictiva tiene lugar en el marco de una organización o estructura compleja y jerarquizada
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