Transparencia lanza un ultimátum a Sanidad para que revele la composición del comité de expertos.
Así ha sido cómo el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno exige al Ministerio de Sanidad que revele los nombres de los miembros del comité de expertos que los asesora en la pandemia.
El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, aludió a dicho comité y se negó a proporcionar la identidad de los mismos. Consideraba que al hacerlo estaría vulnerando los derechos a la protección de datos.
Es por ello que Transparencia ha ordenado que se sepa de inmediato los nombres y apellidos de los componentes de dicho comité con el fin de que los ciudadanos puedan tener cierto control e información sobre la actividad pública que acaece, así como en las «decisiones importantes». Tal que así, no existe por tanto, un atentado contra el derecho de protección de datos personales de estos miembros. Ante todo, lo primordial es que los ciudadanos conozcan los procesos de toma de decisiones, y con más razón aún, en unas circunstancias tan extraordinarias como lo son las ocasionadas por la pandemia.
Fue el pasado 6 de mayo cuando Fernando Simón se negó en rotundo a hacer pública la composición del comité de expertos que estaba asesorando al Gobierno en la gestión de la pandemia. Lo hizo cuando un abogado le inquirió que el Ministerio de Sanidad tenía que informar a los ciudadanos sobre este respecto. Es por ello que unos meses después el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) se ha posicionado a favor del abogado y ha exigido que estos nombres se den a conocer en un plazo máximo de diez días.
Esta decisión que ha emprendido el CTBG pone fin a la vía administrativa. No obstante, se puede recurrir durante los dos meses posteriores ante los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo de Madrid. Un recurso al que esperamos que no se tenga que recurrir en ningún momento. Pues no es un tema baladí que los ciudadanos pueda tener acceso y conocimiento de aquello que le atañe. Porque ante todo, «prevalece el derecho de acceso a la información pública».
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