El municipio valenciano de Benigànim estará en cuarentena durante 14 días naturales por «una importante propagación de coronavirus». Así lo ha indicado Ana Barceló, consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, e indica una transmisión comunitaria sostenida, quien afirma que la adopción de estas medidas son «temporales, con el objetivo de frenar y paliar el riesgo de contagio».
La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública ha dictado una resolución por la que se acuerdan medidas adicionales en esta localidad durante 14 días naturales como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia que vive en la actualidad la población.
Según los informes emitidos desde la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, el municipio ubicado en la comarca de la Costera, al sur de la provincia de Valencia, evidencia un aumento de la propagación del virus en la localidad.
«Pido la máxima colaboración por parte de la ciudadanía para que las medidas adicionales adoptadas sirvan para recuperar, lo antes posible, el control de la situación epidemiológica» recalcaba Barceló.
Se ha pasado de una incidencia acumulada de 34,24 por 100.000 habitantes en la semana que finalizó el 16 de agosto, a una incidencia de 994,46 en los últimos 7 días, y se ha producido la pérdida de trazabilidad de los casos.
La cuarentena en Benigànim por coronavirus ha sido decretada por la Generalitat ante el avance de la pandemia, y entra en vigor este lunes 31 de agosto por la tarde. Entre las restricciones se incluyen la entrada y salida, suspensión de la actividad educativa presencial y se cierran centros de mayores y bares.
Las restricciones de entrada y salida tienen varias excepciones:ir al médico, ir a trabajar, regresar al lugar de residencia habitual, cuidar de personas mayores, menores o dependientes, fuerza mayor o cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Los centros educativos de todos los niveles, incluidos los centros infantiles también se suspenden.
Durante los próximos 14 días, se acuerda el cierre de centros sociales, casinos, clubes y establecimientos de análoga naturaleza; centros de día para personas mayores y otros colectivos de carácter social; bares, restaurantes y otros establecimientos de ocio del municipio, salvo que en los mismos se preste el servicio de comidas para llevar o a domicilio; gimnasios y centros deportivos de todo tipo, así como parques y jardines.
Las medidas excepcionales contemplan también la supresión de espectáculos deportivos con público; las bodas, bautizos, comuniones o cualquier otro evento social con personas invitadas; la asistencia a lugares de culto excepto si carecen de público o se trata de funerales.
En este último caso, los velatorios tienen una limitación de 15 personas si son al aire libre, y de 10 en espacios cerrados, se trate o no de personas convivientes.
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