Las condiciones para la reapertura de piscinas recreativas y playas han sido fijadas en la orden del Ministerio de Sanidad que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado y que ya se aplican a los habitantes de Formentera (Baleares) y los de La Graciosa, El Hierro y La Gomera (Canarias).
A ellas puede acceder cualquier persona siempre que se mantenga un aforo máximo del 30% de la capacidad habitual de la instalación.
Si no se puede mantener la distancia de seguridad, se reducirá el aforo. Es necesario concretar cita previa. Las normas de higiene y prevención se recordarán a los usuarios de piscinas y playas mediante cartelera visible o mensajes de megafonía, y se enfatizará en la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el Covid-19.
Se deberán limpiar y desinfectar los equipos y materiales habituales como vasos, material auxiliar para clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas y cualquier otro en contacto con los usuarios. La limpieza y desinfección de superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios se realizará al menos tres veces al día. Se establecerá una distribución espacial de los usuarios en espacios limitados. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.
Se puede acceder a las playas de la misma provincia, isla o unidad territorial de referencia establecida en el plan de escalada. Los bañistas deberán hacer un uso responsable de la playa, tanto medioambiental como sanitariamente. Está permitida la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo la distancia mínima de dos metros entre los participantes.
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